III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Federación Española de Baile Deportivo. Estatutos. (BOE-A-2023-7550)
Resolución de 9 de marzo de 2023, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publica la modificación de los Estatutos de la Federación Española de Baile Deportivo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 70

Jueves 23 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 43659

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
7550

Resolución de 9 de marzo de 2023, de la Presidencia del Consejo Superior
de Deportes, por la que se publica la modificación de los Estatutos de la
Federación Española de Baile Deportivo.

En ejercicio de las competencias conferidas por el Artículo 10.2.b) de la Ley 10/1990,
de 15 de octubre, del Deporte, la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes
en su sesión de 7 de noviembre de 2022, aprobó definitivamente la modificación del
artículo 1 de los Estatutos de la Federación Española de Baile Deportivo, autorizando su
inscripción en el Registro Estatal de Entidades Deportivas.
En cumplimiento de lo previsto en el Artículo 45.4 de la Ley 39/2022. de 30 de
diciembre, del Deporte y Artículo 12.3 del Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre,
sobre federaciones deportivas españolas, dispongo la publicación de la modificación de
los Estatutos de la Federación Española de Baile Deportivo, contenida en el anexo a la
presente Resolución.
Madrid, 9 de marzo de 2023.–El Presidente del Consejo Superior de Deportes, José
Manuel Franco Pardo.
ANEXO
Estatutos de la Federación Española de Baile Deportivo
Artículo 1.

La Federación Española de Baile Deportivo.

1)
2)
3)
4)
5)
6)
7)
8)
9)
10)
11)
12)

Bailes Latinos.
Bailes Estándar.
Baile en Silla de Ruedas.
Twirling Baton.
Hip Hop.
Line Dance & CWD.
Bailes caribeños.
Tango argentino.
Danza coreográfica.
Singles.
Break Dance (Breaking).
Cheerleading.

cve: BOE-A-2023-7550
Verificable en https://www.boe.es

1. La Federación Española de Baile Deportivo –en lo sucesivo FEBD–, constituida
el día 20 de octubre de 2011, es una entidad de naturaleza asociativa de carácter privado
y de utilidad pública, que se rige por la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, por
el Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre, sobre Federaciones deportivas
españolas, por las restantes disposiciones que conforman la legislación española
vigente, por los presentes Estatutos y su Reglamento General y por las demás normas
de orden interno que dicte en el ejercicio de sus competencias.
2. La modalidad deportiva cuyo desarrollo compete a la FEBD es el baile deportivo,
entendiendo por tal, la práctica del baile deportivo y de competición, en cualquiera de sus
especialidades fijadas por la WDSF y las que la asamblea federativa pueda aprobar en el
futuro que conllevarán el nacimiento de derechos y obligaciones independientemente de
que se modifique este artículo. En la actualidad se consideran especialidades
reconocidas: