III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-7547)
Resolución de 13 de marzo de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Serbal Solar, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica FV Serbal Solar, de 145 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en Valverde del Majano y Segovia (Segovia).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 23 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 43647

Sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes al proyecto
establecidos en la DIA, en tanto informe preceptivo y determinante que, conforme al
artículo 41 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, establece las condiciones en las que
puede desarrollarse el proyecto durante su ejecución y su explotación, para la definición
del proyecto se atenderá, en particular y entre otras, a las siguientes condiciones y
medidas dispuestas en la DIA, aportándose, en su caso, la documentación necesaria a
tal efecto:
– Se presentará un proyecto definitivo de pantalla vegetal, teniendo en cuenta lo
establecido en la DIA y será remitido al órgano ambiental de la comunidad autónoma
competente para su validación (condicionante 4).
– Se presentará un plan o programa de gestión de la vegetación, teniendo en cuenta
lo establecido en la DIA (condicionante 7).
– Se presentará un proyecto definitivo de medidas compensatorias para la fauna
esteparia, teniendo en cuenta lo establecido en la DIA y será remitido al Servicio
Territorial de Medio Ambiente de Segovia de la Junta de Castilla y León y la Subdirección
General de Evaluación Ambiental del MITECO para su validación (condicionante 8).
– Se presentarán protocolos de actuación específicos en previsión de la ocurrencia
de incidentes de vertidos de aceites, combustibles, lubricantes u otras sustancias
similares al terreno o a los cursos de agua (condicionante 21).
– Se realizará un análisis detallado de las posibles afecciones a la zona sensible del
Embalse de San José, teniendo en cuenta lo establecido en la DIA y este será
comunicado e informado por la Confederación Hidrográfica del Duero que determinará
las medidas adecuadas a aplicar, en su caso (condicionante 26).
– Se desarrollará un planteamiento de la actuación para control arqueológico de la
totalidad de movimientos de tierra y desmontes del terreno, este deberá proponerse para
su evaluación y, en su caso, autorización a la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural
de Segovia.
– Se presentará un plan de autocontrol, teniendo en cuenta lo establecido en la DIA
y este deberá ser inscrito en el Registro de Planes de Autoprotección de Castilla y León
(condicionante 29).
– El Programa de Vigilancia Ambiental deberá ser completado y modificado tras las
condiciones establecidas en la DIA.
Cada una de las condiciones y medidas establecidas en el EsIA y en la DIA deberán
estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una adenda al
mismo, con el desglose que permita identificar cada una de las medidas definidas en la
citada DIA, previamente a su aprobación.
Considerando que, sin perjuicio de lo establecido en la meritada DIA, en el curso de
las autorizaciones preceptivas previstas en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, del Sector Eléctrico, podría resultar necesaria la tramitación de las mismas en
función de lo previsto en el artículo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Teniendo en cuenta lo anteriormente citado, será de aplicación lo establecido en el
artículo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, respecto de las
modificaciones de instalaciones de generación que hayan obtenido autorización
administrativa previa y el cumplimiento de todas las condiciones establecidas en el citado
artículo.
Considerando que, en virtud del artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
del Sector Eléctrico, la autorización administrativa previa de instalaciones de generación
no podrá ser otorgada si su titular no ha obtenido previamente los permisos de acceso y
conexión a las redes de transporte o distribución correspondientes.
FV Serbal Solar ha obtenido permiso de acceso a la red de transporte con fecha 13 de
mayo de 2019, mediante la emisión del Informe de Viabilidad de Acceso a la red (IVA), así
como del Informe de Cumplimiento de Condiciones Técnicas de Conexión (ICCTC) y del
Informe de Verificación de las Condiciones Técnicas de Conexión (IVCTC) en la
subestación eléctrica Segovia 400 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, SAU.

cve: BOE-A-2023-7547
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 70