III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Subvenciones. (BOE-A-2023-7544)
Orden TER/276/2023, de 22 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria correspondiente a 2023, de subvenciones destinadas a la transformación digital y modernización de las administraciones de los Cabildos Insulares Canarios y Consejos Insulares de las Islas Baleares, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 70

Jueves 23 de marzo de 2023
Artículo 16.

Sec. III. Pág. 43601

Contenido del proyecto.

1. Cada proyecto deberá desarrollar una de las líneas estratégicas que se indican
en el artículo 5, sin perjuicio de que, para lograr el resultado esperado, el proyecto pueda
comprender la ejecución de una o varias actuaciones que pudieran encuadrarse en otras
líneas estratégicas, sin afectar por ello a la línea principal a la que se dirige el proyecto.
2. El proyecto tendrá carácter integrado, de modo que agrupará todas las
actuaciones subvencionables que pretenda desarrollar la entidad en la línea estratégica
a la que esté vinculado.
3. La memoria descriptiva tendrá una extensión máxima de 40 páginas y se
especificará, al menos, la siguiente información, por este orden:
a) Denominación, línea estratégica a la que se vincula, identificación inicial de los
problemas o retos detectados y objetivos principales y que deberán estar alineados con
los objetivos previstos en la respectiva línea estratégica.
b) Hitos y objetivos: resultados esperados y su cuantificación, alineados con el
Componente 11.I3 del PRTR, concretamente el hito 169, y el objetivo 168, así como el
indicador de seguimiento 168.1.
c) Plan de implementación, que detallará los elementos que se indican a
continuación:
1.º Descripción de cada una de las actuaciones a desarrollar, sostenibilidad y
aspectos innovadores.
2.º Cronograma, desglosado por actuación.
3.º Presupuesto, desglosado por actuación.
4.º Importe total del proyecto y coste subvencionable para el que se solicita
financiación.
d) Método de gestión y descripción de equipo técnico.
e) Sistema de seguimiento y control.
f) Medidas de información y publicidad.
4. La SGAD facilitará una plantilla para el resumen ejecutivo, el cual no deberá
tener más de 15 páginas, así como una descripción del contenido mínimo de la memoria
descriptiva del proyecto.
Artículo 17. Instrucción del procedimiento.

a) El órgano instructor verificará el cumplimiento de las condiciones impuestas para
adquirir la condición de entidad beneficiaria.
Para comprobar el cumplimento de tales condiciones el órgano instructor podrá
consultar otros sistemas de información. Tal comprobación podrá realizarse con
anterioridad o con posterioridad a la concesión de la subvención, y en caso de
detectarse el incumplimiento de alguna condición, procederá la denegación de la
subvención o la exigencia de reintegro.
b) El órgano instructor solicitará cuantos informes se estimen necesarios para
resolver o sean exigidos por esta orden. A este respecto, la SGAD, comprobará el
alineamiento de los proyectos presentados con las características requeridas en esta
orden y en las instrucciones que se aprueben, todo ello en relación con los siguientes
documentos emitidos por la entidad:
1.º El resumen ejecutivo al que se refiere el artículo 15.3.b).
2.º La certificación emitida por la entidad beneficiaria prevista asimismo en el
artículo 15.3.d).

cve: BOE-A-2023-7544
Verificable en https://www.boe.es

1. En la instrucción del procedimiento de concesión se llevarán a cabo, entre otras,
las siguientes actuaciones: