III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2023-7539)
Orden ICT/274/2023, de 17 de marzo, por la que se modifica la Orden ICT/713/2021, de 29 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos de I+D+i en el ámbito de la industria conectada 4.0, (Activa_Financiación), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 70

Jueves 23 de marzo de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO
Orden ICT/274/2023, de 17 de marzo, por la que se modifica la Orden
ICT/713/2021, de 29 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras
para la concesión de ayudas a proyectos de I+D+i en el ámbito de la industria
conectada 4.0, (Activa_Financiación), en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.

La Orden ICT/713/2021, de 29 de junio, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos de I+D+i en el ámbito de la
industria conectada 4.0 (Activa_Financiación), en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, regula las ayudas para proyectos de digitalización en el
ámbito de la industria manufacturera.
Su objetivo es impulsar la implementación de inversiones en digitalización,
entendiendo que la innovación a través de la transformación digital de la industria, será
uno de los elementos clave del proceso de recuperación de la economía y de la
transformación de los procesos, los productos y servicios hacia la excelencia, no sólo
tecnológica sino también ecológica y ambiental, en línea con el Pacto Verde Europeo y
acorde con los objetivos marcados por la Comisión Europea en su Comunicación COM
(2020) 102 «Una nueva estrategia industrial para Europa», de 10 de marzo y actualizada
en 2021, para lograr una industria manufacturera más competitiva, digitalizada,
ambientalmente sostenible y climáticamente neutra.
En este contexto, el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, a través de la
Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, aprobó en 2021 la
citada Orden ICT/713/2021, de 29 de junio, para regular las actuaciones en innovación y
sostenibilidad que permitieran potenciar estos aspectos teniendo en cuenta tanto los
objetivos de la Comisión Europea como el escenario de salida de la crisis derivada del
COVID-19.
La tramitación de la citada Orden ICT/713/2021, de 29 de junio se adelantó en el
tiempo a la aprobación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de
España (en adelante «PRTR»), en el que se estableció la hoja de ruta para la
recuperación y la modernización de la economía española.
La gestión del PRTR se articuló en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre,
por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia, que entró en vigor con posterioridad a la Orden ICT/713/2021, de 29 de
junio, por lo que se procedió a su modificación a través de la Orden ICT/235/2022, de 23
de marzo, para responder a la necesidad de reflejar en la normativa reguladora de estas
ayudas, las obligaciones derivadas del PRTR y las vinculaciones del programa de
ayudas con los objetivos comprometidos por España con la Comisión.
Con posterioridad a la aprobación de la Orden ICT/235/2022, de 23 de marzo, entró
en vigor la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas,
que modifica, en su artículo 11, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, introduciendo un requisito adicional para adquirir la condición de
beneficiario, lo que constituye la principal motivación para la modificación que se
propone en esta orden.
El texto original de la Orden ICT/713/2021, de 29 de junio, y su modificación a través
de la Orden ICT 235/2022, de 23 de marzo, ambas anteriores a la entrada en vigor de la
Ley 18/2022, de 28 de septiembre, no incluía, por lo tanto, este nuevo requisito para
adquirir la condición de beneficiario. En este sentido, la presente modificación responde
a la necesidad de reflejar todas las condiciones previstas en la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, para adquirir la condición de beneficiario.

cve: BOE-A-2023-7539
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