I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA. Presupuestos. (BOE-A-2023-7505)
Ley 4/2023, de 7 de marzo, por la que se modifica la Ley 16/2022, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 70

Jueves 23 de marzo de 2023

Sec. I. Pág. 43361

I. DISPOSICIONES GENERALES

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA
7505

Ley 4/2023, de 7 de marzo, por la que se modifica la Ley 16/2022, de 29 de
diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La
Rioja para el año 2023.
LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA

Sepan todos los ciudadanos que el Parlamento de La Rioja ha aprobado, y yo, en
nombre de su Majestad el Rey y de acuerdo con lo que establece la Constitución y el
Estatuto de Autonomía, promulgo la siguiente Ley:

El acceso a la vivienda de los jóvenes es en nuestra comunidad y en el conjunto del
país una de las principales cuestiones a resolver por parte de nuestro Estado del
bienestar. Como se ha constatado en diversos estudios, la emancipación de las
personas jóvenes es cada vez más tardía: 65,1 % de los jóvenes españoles de entre 16
y 34 años sigue viviendo en el hogar familiar, un porcentaje 7 puntos superior al de hace
diez años. Los y las jóvenes de nuestra comunidad no escapan a esta realidad, derivada
entre otras razones de la dificultad para adquirir una vivienda en propiedad, máxime con
los actuales tipos de interés de los préstamos hipotecarios, generando todo ello un
marco de incertidumbre que provoca que los jóvenes, incluso con trabajo estable, no
puedan permitirse la emancipación y el desarrollo de una vida independiente.
Sin embargo, los programas públicos de interés social en materia de vivienda se han
revelado como uno de los instrumentos más eficaces para el acceso de los y las jóvenes
a su primera vivienda habitual. Programas como el de Hipoteca Joven, Bolsa de Alquiler,
Registro de Solicitantes de Vivienda Protegida, Programa Prioritario de Mediación
Integral para ejecuciones hipotecarias de vivienda habitual, Fondo Social Nacional de
Vivienda en La Rioja, Red Social de Protección a las personas y familias en situación de
especial vulnerabilidad o el Programa de arrendamientos especiales se erigen hoy como
elementos determinantes en el acceso a la primera vivienda para muchas personas en
nuestra comunidad.
La experiencia adquirida a través de los años de aplicación de dichos planes ha
revelado la necesidad de ayuda de los poderes públicos en el campo de la financiación
de la primera vivienda, ante la dificultad de los solicitantes de obtener las garantías que
requieren las entidades bancarias para la concesión de los préstamos. En este sentido,
el principal problema que existe de cara a la compra de una vivienda es el pago de la
entrada de la misma, generalmente del 20 % del total del precio de la vivienda. Existe en
La Rioja una bolsa de profesionales jóvenes, demandantes de vivienda, que están en
condiciones de pagar la mensualidad de un préstamo sujeto a garantía hipotecaria pero
no la entrada a dicho préstamo.
Por ello, se considera necesario que la Comunidad Autónoma de La Rioja, bien a
través de la Administración general, bien a través de sus entes del sector público
habilitados competencialmente, colabore en el momento de la obtención del préstamo,
facilitando, con las condiciones reglamentarias que se establezcan, la garantía o aval
necesario para que los solicitantes de primera vivienda puedan acceder a la necesaria
financiación.
Por ello, la presente proposición de ley tiene por objeto añadir al artículo 67 de la Ley
de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2023 un
apartado para que el Ejecutivo riojano pueda conceder avales para jóvenes en

cve: BOE-A-2023-7505
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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS