I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA. Familias monoparentales. (BOE-A-2023-7504)
Ley 3/2023, de 7 de marzo, de familias monoparentales en La Rioja.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 70

Jueves 23 de marzo de 2023

Sec. I. Pág. 43348

I. DISPOSICIONES GENERALES

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA
7504

Ley 3/2023, de 7 de marzo, de familias monoparentales en La Rioja.
LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA

Sepan todos los ciudadanos que el Parlamento de La Rioja ha aprobado, y yo, en
nombre de su Majestad el Rey y de acuerdo con lo que establece la Constitución y el
Estatuto de Autonomía, promulgo la siguiente Ley:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La familia es la institución más relevante de la sociedad, su unidad básica. En su
núcleo, primer agente socializador durante la infancia, la persona crece, se educa y
desarrolla, por lo que la buena salud de la familia, como pieza fundamental en la
estructura social, se traduce en equilibrio, cohesión y bienestar sociales.
En este sentido, la Declaración Universal de los Derechos Humanos define la familia
como el elemento natural y fundamental de la sociedad, remarcando el derecho de la
misma a ser protegida por parte de la sociedad y del Estado.
En los últimos tiempos, la sociedad ha experimentado profundos cambios sociales,
económicos, culturales y políticos, que se han visto reflejados de forma intensa en las
estructuras familiares y en las relaciones entre las mismas. Como resultado de la
adaptación de la familia a estas transformaciones, al modelo de familia tradicional se han
ido incorporando otras tipologías, expresión de la pluralidad y diversidad social existentes.
Los poderes públicos tienen la obligación, tal y como señala nuestra Carta Magna
en su artículo 39.1, de asegurar la protección social, económica y jurídica de todas las
familias. Este mandato constitucional se extiende a nuestra comunidad autónoma, de
manera específica, conforme a lo dispuesto en el artículo 7 del Estatuto de Autonomía
de La Rioja.
Uno de los modelos familiares que ha sufrido un mayor crecimiento en los últimos
años es el de las familias monoparentales, entendidas como aquellas en las que un
único progenitor asume de manera exclusiva la responsabilidad de sus hijas e hijos
económicamente dependientes, así como situaciones asimilables.
Todas las familias merecen el mismo respeto e idéntica protección y reconocimiento.
Sin embargo, nos encontramos con que las familias monoparentales conllevan un
importante factor de vulnerabilidad, superior al resto de estructuras familiares, ya que
este tipo de familia está expuesta a un mayor riesgo de pobreza, a dificultades para
conciliar la vida familiar y laboral y a situaciones de exclusión social. A todo esto, se
suma, en muchas ocasiones, la discriminación por género, pues ocho de cada diez
familias monoparentales están encabezadas por una mujer. Además, las consecuencias
de crisis económicas y sanitarias agravan aún más esta vulnerabilidad.
Dentro de esta problemática, es preciso resaltar la dificultad de abordar bajo una
única categoría la de familia monoparental y la diversidad de realidades que dicho
término engloba. Así, por un lado, las causas que la originan pueden ser muy diversas:
separaciones, divorcios, adopciones en solitario, situaciones de violencia de género,
viudedad, personas sin pareja, etc. Por otro lado, también es importante tener en cuenta
la existencia de distintos perfiles dentro de estas familias y de situaciones equiparables
a la misma.
Como consecuencia, resulta prioritario alcanzar el reconocimiento jurídico de las
familias monoparentales, dentro de la diversidad de formas de convivencia existentes, a

cve: BOE-A-2023-7504
Verificable en https://www.boe.es

I