I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. Patrimonio. (BOE-A-2023-7507)
Decreto Legislativo 1/2023, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Patrimonio de Aragón.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 70

Jueves 23 de marzo de 2023

Sec. I. Pág. 43365

I. DISPOSICIONES GENERALES

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN
Decreto Legislativo 1/2023, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley del Patrimonio de Aragón.

La disposición final decimoséptima de la Ley 1/2021, de 11 de febrero, de
simplificación administrativa autorizaba al Gobierno de Aragón para que, en el plazo
máximo de un año desde su entrada en vigor, aprobase, entre otros, y según consta en
su apartado m) un texto refundido del vigente texto refundido de la Ley del Patrimonio de
Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 4/2013, de 17 de diciembre, que incluyera la
regularización, aclaración y armonización de los textos legales que han de ser
refundidos. Posteriormente, la Ley 2/2022, de 19 de mayo, de aplicación y desarrollo de
la Ley 1/2021, de 11 de febrero, de simplificación administrativa, en su disposición final
segunda amplía ese mandato a un nuevo plazo de un año, desde su entrada en vigor.
De acuerdo con la citada habilitación, se ha procedido a elaborar este texto
refundido, en el que se recopilan las tres normas que han modificado el vigente. En
primer lugar, la Ley 2/2016, de 28 de enero, de Medidas Fiscales y Administrativas de la
Comunidad Autónoma de Aragón, que incluyó la regulación del procedimiento
administrativo para la sucesión legal a favor de esta Administración, ante el vacío legal
producido por la modificación de la normativa básica estatal reguladora de esta materia
contenida en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones
Públicas, así como una previsión relativa a la admisión de pujas a la baja en los
procedimientos de enajenación de bienes. En segundo lugar, la Ley 5/2021, de 29 de
junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón, por
la que se modifica el trámite administrativo para la constitución o disolución de
sociedades mercantiles autonómicas, y, finalmente, la Ley 6/2021, de 29 de junio, por la
que se modifican el Código del Derecho Foral de Aragón, aprobado por Decreto
Legislativo 1/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, y el Texto Refundido de la
Ley del Patrimonio de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 4/2013, de 17 de
diciembre, del Gobierno de Aragón, en lo que afecta a la regulación de los inmuebles
vacantes y los saldos y depósitos abandonados, por el que se añade una sección 2.ª bis
al capítulo II del título II del Texto Refundido de la Ley del Patrimonio de Aragón, en la
que queda regulada la atribución a la Comunidad Autónoma de Aragón de los referidos
inmuebles vacantes y saldos y depósitos abandonados
A la vista de estas modificaciones, se ha procedido a ajustar la numeración de los
artículos, y, por lo tanto, las remisiones y concordancias entre ellos. Asimismo, se han
actualizado las remisiones normativas a disposiciones que ya no se encuentran en vigor
e igualmente se han introducido los cambios requeridos para la regularización,
aclaración y armonización de los textos legales refundidos, teniendo presente que la
capacidad de innovación a través de este texto puede llegar a tales supuestos, por
cuanto la autorización al Gobierno de Aragón no se circunscribe a la mera formulación
de un texto único. Finalmente, se ha revisado el texto para conseguir un uso integrador y
no sexista del lenguaje, siguiendo los criterios marcados por la Ley 7/2018, de 28 de
junio, de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en Aragón.
En la tramitación de este Decreto Legislativo se han observado y cumplimentado los
distintos trámites e informes previstos en la normativa aplicable. En concreto, se ha
remitido el texto a las secretarías generales técnicas de los departamentos del Gobierno
de Aragón, se han emitido los informes de evaluación de impacto de género y de
discapacidad, el informe de la Secretaría General Técnica del Departamento de
Hacienda y Administración Pública, el informe de la Dirección General de Servicios
Jurídicos y se ha emitido dictamen del Consejo Consultivo de Aragón.

cve: BOE-A-2023-7507
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