V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. (BOE-B-2023-8276)
Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Málaga, por la que se declara, en concreto, la utilidad pública el proyecto de la línea aérea de alta tensión 132 kv, entre las subestaciones SET S2 y SET S6 en los términos municipales de Antequera y Archidona (Málaga) promovido por Universal Reward, S.L. correspondiente al expediente AT-16877.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 22 de marzo de 2023

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destinatarios, al Ayuntamiento de Antequera, y que, transcurrido el plazo indicado
en el artículo 127 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, no contestó por
lo que se entiende la conformidad de la misma con la autorización de la instalación.
Asimismo la capacidad económica también está justificada.
Las afecciones a la fauna y la la afección paisajística han sido evaluadas en la
autorización ambiental concedida. Por lo tanto se considera la alegación
improcedente y extemporánea.
SEXTO.- Con fecha 07/06/2022, la Delegación Territorial de Desarrollo
Sostenible en Málaga, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 30 del Decreto
356/2010, de 3 de agosto, emite Informe favorable de carácter vinculante a la
solicitud de Autorización Ambiental Unificada para el proyecto de la línea aérea de
alta tensión 132 kV, entre las subestaciones SET S2 y S6, infraestructura común
de evacuación de las plantas fotovoltaicas denominadas "KENIA SOLAR I",
"KENIA SOLAR II", "KENIA SOLAR III", "KENIA SOLAR IV", "ARCHO I", "ARCHO
II", "LA HERRERA" y "PFV GUADACANO", en los términos municipales de
Antequera y Archidona.
Mediante Resolución de la Delegación de Gobierno de fecha 20/06/2022 se le
otorga al referido proyecto la Autorización Administrativa Previa. Y el 07/11/2022,
mediante Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos
Europeos y de Política Industrial y Energía en Málaga, se le otorga la Autorización
Administrativa de Construcción.
SÉPTIMO.- El 18 de enero de 2023, la entidad UNIVERSAL REWARD S.L.
comunica que se han llegado a acuerdos amistosos con los propietarios de las
siguientes fincas según proyecto:
1,2,3,4,5,6,7,9,10,11,12,13,14,18,23,25,27,35,37,38,40,41,42,44,46,47,49,59,6
0,62,64,65,66,67,69,78,79,80,81,86,87,88,93,95,96,97,98,100,102,108 y 111.
Asimismo, el 25 de enero de 2023 la citada entidad comunica que también
llega acuerdo con el propietario de la finca n.º 85 según proyecto.
Por lo tanto las fincas indicadas deben retirarse de la Relación de Bienes y
Derechos Afectados.
A los anteriores antecedentes de hecho les corresponden los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Esta Delegación Territorial es competente para dictar la presente
resolución de acuerdo con lo dispuesto en los Reales Decretos 1091/81, de 24 de
Abril y 4164/1982, de 29 de diciembre, por los que se traspasan funciones y
servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de
industria, energía y minas; en los artículos 49 y 58.2.3º de la Ley Orgánica 2/2007,
de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía; el Decreto
226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial
provincial de la Administración de la Junta de Andalucía; el Decreto del Presidente
10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías; el Decreto del
Presidente 13/2022, de 8 de agosto, por el que se modifica el Decreto del
Presidente 10/2022, de 25 de julio; el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que
se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía y
el Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por el que se modifica el Decreto 226/2020,

cve: BOE-B-2023-8276
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Núm. 69