III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2023-7464)
Resolución 420/38105/2023, de 13 de marzo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Casa Salesiana Nuestra Señora del Pilar de Zaragoza, para apoyar la realización de la XXXVI edición del Premio Nacional Don Bosco.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 69

Miércoles 22 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 42974

Décima. Extinción del convenio.
La extinción del convenio se rige por lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Los compromisos financieros se entenderán cumplidos cuando su objeto se haya
realizado en los términos y a satisfacción de ambas partes, de acuerdo con sus
respectivas competencias, de conformidad con lo establecido en el artículo 52 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre.
El cumplimiento y la resolución del convenio darán lugar a la liquidación del mismo,
con arreglo al artículo 52.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, con el objeto de
determinar las obligaciones y compromisos de cada una de las partes.
La resolución del convenio no conlleva indemnización para ninguna de las
dos partes.
Undécima.

Consecuencias en caso de incumplimiento del convenio.

La Comisión Mixta de Seguimiento conocerá de cuantos posibles supuestos de
incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por cada una de las partes
pudieran plantearse, actuándose en tal caso de la siguiente manera:
La parte cumplidora notificará a la parte incumplidora un requerimiento para que
cumpla en el plazo de un mes con las obligaciones o compromisos que se consideran
incumplidos. Este requerimiento será comunicado a la Comisión Mixta de Seguimiento.
Si transcurrido el plazo de un mes indicado en el requerimiento persistiera el
incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra parte firmante la concurrencia de
la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio.
Duodécima.

Régimen de modificación del convenio.

Cualquier modificación del contenido de este convenio requerirá el acuerdo unánime
de los firmantes, mediante la suscripción de una adenda.
Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, firman el presente convenio en
dos ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fecha arriba indicados.–Por
el Ministerio de Defensa, el Secretario General de Política de Defensa, Juan Francisco
Martínez Núñez.–Por la Casa Salesiana Nuestra Señora del Pilar de Zaragoza, el
Director Titular, Juan Bosco Sancho Grau.
ANEXO
Al Convenio entre el Ministerio de Defensa y la Casa Salesiana Nuestra Señora del
Pilar de Zaragoza para apoyar la realización de la XXXVI edición del Premio
Nacional Don Bosco

1. De conformidad con la Resolución de 20 de enero de 2014, de la Dirección General
de Presupuestos, por la que se establecen los códigos que definen la clasificación
económica, se imputarán a la aplicación presupuestaria 14.01.121M2.226.06 (subconcepto
«Reuniones, conferencias y cursos») de los presupuestos correspondientes al ejercicio
económico de 2023 el siguiente gasto:
– Gastos de alojamiento: han de ir acompañados de una memoria explicativa en la
que se exponga la necesidad de los gastos y que los mismos han sido ocasionados
como consecuencia de las actividades objeto del convenio, así como el lugar de
celebración de las actividades y la identificación de los participantes en las mismas
(nombre y apellidos).
https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2023-7464
Verificable en https://www.boe.es

En este anexo se detallan los criterios relativos a los gastos a justificar por la Casa
Salesiana Nuestra Señora del Pilar de Zaragoza relacionados con el objeto del convenio.