III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Planes de gestión del riesgo de inundación. (BOE-A-2023-7476)
Real Decreto 197/2023, de 21 de marzo, por el que se aprueba la revisión y actualización del plan de gestión del riesgo de inundación de la parte española de la demarcación hidrográfica del Cantábrico Oriental.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 69
Miércoles 22 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 43127
protegida o conjunto de masas de aguas en la que se lleve a cabo alguna de las
actuaciones incluidas en estas medidas, contemplando los siguientes aspectos:
– Masa de agua/Zona protegida en riesgo de no cumplir sus objetivos
medioambientales (OMA).
● Tipo de presión significativa y sector (driver) causante de riesgo de incumplimiento.
● Actuación del programa de medidas que contrarresta dicha presión.
– Indicador de resultado (efectividad para contrarrestar la presión):
● Medición de la presión original (indicadas en el anexo 4)
● Brecha existente entre la presión original y la que se estima compatible con el
cumplimiento de los OMA.
● Parte de la brecha existente que la actuación reduce.
− Relación coste/ eficacia.
– Indicador de impacto (contribución al cumplimiento de los OMA):
cve: BOE-A-2023-7476
Verificable en https://www.boe.es
● Elemento de calidad del estado / potencial (OMA) con (riesgo de) incumplimiento
sensible a la presión.
● Valor inicial
● Valor final tras aplicar la medida: previsto / comprobado tras aplicar la medida.
● Compatibilidad o no del valor final con el logro de los OMA.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 69
Miércoles 22 de marzo de 2023
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protegida o conjunto de masas de aguas en la que se lleve a cabo alguna de las
actuaciones incluidas en estas medidas, contemplando los siguientes aspectos:
– Masa de agua/Zona protegida en riesgo de no cumplir sus objetivos
medioambientales (OMA).
● Tipo de presión significativa y sector (driver) causante de riesgo de incumplimiento.
● Actuación del programa de medidas que contrarresta dicha presión.
– Indicador de resultado (efectividad para contrarrestar la presión):
● Medición de la presión original (indicadas en el anexo 4)
● Brecha existente entre la presión original y la que se estima compatible con el
cumplimiento de los OMA.
● Parte de la brecha existente que la actuación reduce.
− Relación coste/ eficacia.
– Indicador de impacto (contribución al cumplimiento de los OMA):
cve: BOE-A-2023-7476
Verificable en https://www.boe.es
● Elemento de calidad del estado / potencial (OMA) con (riesgo de) incumplimiento
sensible a la presión.
● Valor inicial
● Valor final tras aplicar la medida: previsto / comprobado tras aplicar la medida.
● Compatibilidad o no del valor final con el logro de los OMA.
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