I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE IGUALDAD. Subvenciones. (BOE-A-2023-7418)
Real Decreto 194/2023, de 21 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1042/2021, de 23 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Federación Española de Municipios y Provincias para la modernización y ampliación de los dispositivos de atención y protección a las víctimas de violencia machista en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 69

Miércoles 22 de marzo de 2023

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I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE IGUALDAD
Real Decreto 194/2023, de 21 de marzo, por el que se modifica el Real
Decreto 1042/2021, de 23 de noviembre, por el que se regula la concesión
directa de una subvención a la Federación Española de Municipios y
Provincias para la modernización y ampliación de los dispositivos de atención
y protección a las víctimas de violencia machista en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.

El Real Decreto 1042/2021, de 23 de noviembre, por el que se regula la concesión directa
de una subvención a la Federación Española de Municipios y Provincias para la
modernización y ampliación de los dispositivos de atención y protección a las víctimas de
violencia machista en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, tiene
por objeto regular la concesión directa de una subvención a la Federación Española de
Municipios y Provincias (FEMP) para el desarrollo del proyecto dirigido a modernizar y ampliar
los servicios de atención telefónica y telemática para apoyar a todas las mujeres víctimas de
violencia machista, de acuerdo con lo previsto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, en relación con el artículo 28.2 y 3 de la misma ley.
La disposición final primera del Real Decreto 671/2022, de 1 de agosto, por el que se
regula la concesión directa de una subvención a la Fundación ANAR para desarrollar
actuaciones en materia de prevención integral de la violencia contra las niñas, niños y
adolescentes víctimas de violencia de género y otras formas de violencia contra las
mujeres, modificó el citado Real Decreto 1042/2021, de 23 de noviembre, añadiendo una
disposición adicional única al efecto de que dicha subvención pudiera destinarse a
financiar la adaptación de un inmueble para dotarlo de las condiciones necesarias para
la creación de un Centro Estatal de Coordinación del Servicio de Atención y Protección a
las víctimas de violencia machista (CEC-ATENPRO).
De conformidad con dicha disposición adicional única, se dictó la Resolución de 3 de
febrero de 2023, de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género,
por la que se modificó la Resolución de 15 de diciembre de 2021, de la Secretaría de
Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género, por la que se concedió la subvención
prevista en el Real Decreto 1042/2021, de 23 de noviembre, a la Federación Española de
Municipios y Provincias, al objeto de incluir entre las actividades subvencionables la
creación del CEC-ATENPRO en el edificio I del Centro de Creación de las Artes de Alcorcón
(en adelante CREAA), sito en Alcorcón, acometiendo todas aquellas obras de autonomía e
independización del conjunto arquitectónico CREAA, de rehabilitación, de actualización de
infraestructuras existentes y dotación con todo el equipamiento necesario, así como de
adaptación de las zonas exteriores (incluido el aparcamiento en superficie exigido por la
normativa aplicable), necesarias para la adecuada puesta en marcha y funcionamiento del
Centro, incluidas todas aquellas necesarias para su ocupación por parte de las personas
trabajadoras que prestarán sus servicios en el mismo.
Con el fin de garantizar una correcta ejecución de los trabajos previstos, en especial,
de los relativos a la puesta en marcha del Centro, se hace necesario ampliar el plazo de
ejecución de las actividades objeto de la subvención, dentro de los límites establecidos
en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, hasta el 31 de diciembre
de 2023 y, asimismo, en consecuencia, ampliar el plazo de justificación de la subvención
al 31 de marzo de 2024.
La presente norma se adecua a los principios de buena regulación previstos en el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. Cumple los principios de necesidad y eficacia, al estar
justificada por razones de interés general, establecer una identificación clara de los fines

cve: BOE-A-2023-7418
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