I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2023-7409)
Orden HFP/266/2023, de 12 de marzo, por la que se determina la composición y funcionamiento de la Comisión Permanente de Selección.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 69

Miércoles 22 de marzo de 2023

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I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
Orden HFP/266/2023, de 12 de marzo, por la que se determina la
composición y funcionamiento de la Comisión Permanente de Selección.

Una administración de calidad debe tener un buen sistema de empleo público, y para
ello es necesario abordar las transformaciones oportunas para poder continuar
atrayendo talento a la Administración y garantizar a la ciudadanía la prestación de unos
servicios públicos de calidad.
A tal efecto, la Administración está inmersa en un proceso de actualización de los
procesos selectivos de la Administración General del Estado y de su adaptación a las
nuevas circunstancias de relevo generacional y a las necesidades de talento que
requiere la gestión pública del siglo XXI.
En el marco de este proceso, producido al amparo del Plan de captación de talento
en la Administración General del Estado, se realizaron durante 2021 debates públicos
con personas expertas en la materia provenientes de las universidades, asociaciones,
sindicatos, comunidades autónomas, organizaciones internacionales y del propio cuerpo
opositor, para reflexionar conjuntamente sobre los grandes retos en selección.
A partir de las múltiples aportaciones, se publicó el documento Orientaciones para el
cambio en materia de selección en la Administración General del Estado. En el mismo
están las claves para acometer el objetivo de crear un modelo propio de selección que
se ajuste a las demandas del siglo XXI, y que continúe garantizando el derecho a
acceder en condiciones de igualdad y de acuerdo con los principios de mérito y
capacidad al empleo público.
Entre los elementos que se han de afrontar para ello se encuentran los órganos de
selección, pues la mejora de los procesos selectivos también requiere avanzar en la
profesionalización y cualificación técnica de los órganos de selección, alcanzar un mayor
nivel de transparencia en la designación de los tribunales examinadores y generar las
estructuras adecuadas para poder afrontar las pruebas selectivas de los procesos con
mayor agilidad.
Es en este contexto donde surge la necesidad de afrontar una transformación de
la Comisión Permanente de Selección (CPS), órgano adscrito al Instituto Nacional
de Administración Pública (INAP) por el artículo 8 de su Estatuto, aprobado por Real
Decreto 464/2011, de 1 de abril.
La CPS, regulada por la Orden TFP/516/2019, de 30 de abril, por la que se
determina la composición y funcionamiento de la Comisión Permanente de Selección, es
el órgano encargado en la actualidad de los procesos selectivos de acceso a
cinco Cuerpos de la Administración General del Estado: los cuerpos de Gestión de
la Administración Civil del Estado, de Gestión de Sistemas e Informática de
la Administración del Estado, General Administrativo de la Administración del Estado,
Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado y General Auxiliar de
la Administración del Estado.
En los últimos años, los procesos selectivos para el acceso a estos cuerpos han visto
cómo se incrementaba el número de plazas y de solicitudes, imponiendo un aumento de
la carga de trabajo en su gestión para la Comisión Permanente de Selección, que ha de
asumir además tareas en relación con la revisión de los procesos de promoción interna
acordada en la Mesa General de Negociación de la AGE sobre la OEP para 2022.
Con dicho aumento se ha intensificado uno de los principales problemas de nuestro
modelo de selección: la falta de acompasamiento entre el momento en el que se aprueba
la OEP y el momento en el que se ejecuta a través de la convocatoria del proceso
selectivo, su posterior resolución y el nombramiento final del personal funcionario de

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