III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Genética animal. (BOE-A-2023-7470)
Orden APA/268/2023, de 13 de marzo, por la que se designa al Laboratorio Central de Veterinaria de Algete como Centro Nacional de Referencia de Genética Animal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 69

Miércoles 22 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 43088

para estudios genéticos o implantación de nuevas biotecnologías para apoyo a los
programas de cría oficialmente aprobados.
c) Desarrollar, en colaboración con los laboratorios de genética molecular animal y,
en su caso, con centros cualificados de genética animal, recomendaciones y
procedimientos propios en aquellos aspectos no cubiertos por organismos de referencia
internacionales.
d) Confirmar el resultado obtenido por los laboratorios de genética molecular
animal, cuando éste no sea definitivo y así le sea requerido.
e) Intervenir en las pruebas que se realizan en el ámbito internacional con objeto de
homologar internacionalmente los procedimientos de análisis empleados en el
laboratorio.
f) Representar activamente ante los organismos internacionales (Centros de
Referencia de la Unión Europea, ICAR e ISAG) al Reino de España, participando en la
definición de recomendaciones, procedimientos o nuevas técnicas y teniendo en cuenta
las especificidades de nuestras razas.
g) Constitución de un banco de muestras de material genético no reproductivo de
interés a partir de las muestras recibidas en el laboratorio y empleados en las analíticas
solicitadas.
3. Cualesquiera otras que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
determine en desarrollo de la normativa vigente, conforme a lo establecido por el Real
Decreto 45/2019, de 8 de febrero.
Disposición final primera.

Título competencial.

Esta orden se dicta al amparo del artículo 149.1.13.ª de la Constitución, que atribuye
al Estado la competencia exclusiva sobre las bases y coordinación de la planificación
general de la actividad económica
Disposición final segunda.

Entrada en vigor.

La presente disposición entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2023-7470
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 13 de marzo de 2023.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis
Planas Puchades.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X