III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Delegación de competencias. (BOE-A-2023-7488)
Acuerdo de 16 de marzo de 2023, del Consejo de Administración de la Entidad Pública Empresarial Red.es, sobre delegación de competencias.
3 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 22 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 43213

mediante el sistema Cl@ve, regulado en la Orden PRE/1838/2014, que permite al
ciudadano relacionarse electrónicamente con los servicios públicos mediante la
utilización de claves concertadas, previo registro como usuario del mismo. A tal efecto,
desde el sistema CoFFEE se remitirán a la AEAT los NIF de los responsables de
operación y los códigos de referencia de operación para los que haya de habilitarse el
acceso en MINERVA.
Los responsables de operación deberán incorporar en MINERVA el código de
referencia de operación y la información relativa a los intervinientes en los
procedimientos para poder realizar ex ante el análisis del riesgo de conflicto de interés
previsto en el apartado Cinco de la disposición adicional centésima décima segunda de
la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, en los siguientes términos:
a) Los números de identificación fiscal de las personas sujetas al análisis
(decisores de la operación), junto con su nombre y apellidos, de acuerdo con lo señalado
en el artículo 3.
b) Los números de identificación fiscal de las personas físicas o jurídicas
participantes en cada procedimiento, junto con su nombre y apellidos en el caso de las
primeras y razón social en el caso de las segundas, que concurran al mismo como
licitadoras o solicitantes. En el caso de subvenciones de concurrencia masiva (más de
cien solicitudes) el análisis de riesgo de conflicto de interés se realizará siguiendo lo
establecido en el anexo III de la presente orden ministerial. Cuando se trate de
subvenciones no masivas (menos de cien solicitudes), el análisis de riesgo de conflicto
de interés se realizará sobre todas las solicitudes.
Adicionalmente, el responsable de la operación cargará en CoFFEE las
declaraciones de ausencia de conflicto de interés cumplimentadas y firmadas por los
decisores de la operación.»
De acuerdo con el artículo 10.1.b) del Real Decreto 164/2002, de 8 de febrero, por el
que se aprueba el Estatuto de la entidad pública empresarial Red.es, al Consejo de
Administración de Red.es le corresponde la competencia de aprobar los gastos, los
actos de disposición sobre bienes y fondos propios y los contratos, pactos o convenios
que proponga el Director general de Red.es, siendo su órgano de contratación.
En consideración a las necesidades de gestión organizativa y operativa internas que
requieren la realización del análisis ex ante del conflicto de interés, así como a la agilidad
en la tramitación del meritado procedimiento a fin de evitar la dilatación de los tiempos de
licitación, se hace necesario centralizar internamente esta gestión y delegar las
competencias correspondientes al responsable de la operación, previstas en el artículo 4
de la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, en el Director de Administración y Finanzas y
en la Directora Adjunta de Administración y Finanzas de la entidad pública empresarial
Red.es, para su ejercicio solidario, de modo que cualquiera de los dos pueda ejercerlas
individualmente, cuya dirección se encarga del control presupuestario, de la gestión
financiera, de la contabilidad y de la tesorería de la entidad, además de la certificación de
fondos a través de los organismos intermedios y del seguimiento operativo y económico
de los programas de la entidad.
Asimismo, el ejercicio de las competencias otorgadas al responsable de la operación
en el marco de la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, requiere del acceso a las
aplicaciones MINERVA y CoFFEE, identificándose con su NIF, mediante certificado
electrónico cualificado, por lo que es necesario que el Director de Administración y
Finanzas y la Directora Adjunta de Administración y Finanzas, amparados por esta
delegación de competencias, dispongan de los permisos de acceso necesarios.

cve: BOE-A-2023-7488
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 69