III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-7404)
Resolución de 10 de marzo de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Boreas Wind, SL, autorización administrativa previa para el parque eólico Iglesias de 66 MW y sus infraestructuras de evacuación, en Iglesias, Hontanas, Tamarón, Los Balbases, Estépar, Rabé de las Calzadas, Tardajos, San Mamés de Burgos y Villalbilla de Burgos (Burgos).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 21 de marzo de 2023

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establece un condicionado técnico. El promotor ha manifestado su aceptación del
condicionado.
El Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) emitió informe en el que
aclara que todas las afecciones al ferrocarril han de ser autorizadas individualmente por
ADIF. Para ello, solicitan al promotor separatas individualizadas de cada cruce. Se ha
dado traslado a Boreas, que expresa su conformidad. Posteriormente, el promotor aportó
autorización del cruzamiento por parte de ADIF.
El Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de la Delegación Territorial
de Burgos de la Junta de Castilla y León indica que el parque eólico Iglesias no coincide
en ubicación con parques eólicos de competencia autonómica en tramitación. Asimismo,
añade que en las proximidades del parque eólico Iglesias se construirán distintas
instalaciones. Se da traslado a Boreas que indica que, dadas las distancias existentes,
no se prevén afecciones entre las infraestructuras.
No se ha recibido contestación de la Delegación de Gobierno de Castilla y León del
Ministerio de Política Territorial y Función Pública, de la Dirección General de Energía y
Minas de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Castilla y León, de la
Dirección General de Carreteras e Infraestructuras de la Consejería de Fomento y Medio
Ambiente de la Junta de Castilla y León, de la Dirección General de Vivienda,
Arquitectura y Urbanismo de la Junta de Castilla y León, del Ayuntamiento de Estépar,
del Ayuntamiento de San Mamés de Burgos y del Ayuntamiento de Los Balbases, por lo
que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el
artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
La petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en el
citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y con lo dispuesto en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 19 de junio de 2020 en el «Boletín
Oficial del Estado», el 25 de junio de 2020 en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos
y el 23 de junio en el diario provincial «El Correo de Burgos», así como expuesta al
público en los tablones de edictos de los ayuntamientos afectados. No se recibieron
alegaciones al trámite de información pública.
Igualmente, se remitieron separatas del anteproyecto y del estudio de impacto
ambiental acompañadas de solicitudes de informe en relación a lo establecido en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, a la Oficina Española de Cambio Climático del
Ministerio para la Transición Ecológica y El Reto Demográfico, a la Subdirección General
del Instituto del Patrimonio Cultural de España de la Dirección General de Bellas Artes
del Ministerio de Cultura y Deporte, a la Dirección General de Análisis y Planificación de
la Consejería de la Presidencia de la Junta de Castilla y León, a la Dirección General de
Salud Pública de la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León, a la Agencia
de Protección Civil, a la Asociación para la Defensa de la Naturaleza (WWF/ADENA), a
la Sociedad Española de Ornitología (S.E.O./BirdLife), a Ecologistas en Acción Burgos y
la Asociación Española de Evaluación de Impacto Ambiental (E.T.S. Ingenieros de
Monte).
La Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno
en Burgos emitió informe en fecha 25 de noviembre de 2020, complementado
posteriormente.
Considerando que en virtud del artículo 42 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el
órgano sustantivo debe tener debidamente en cuenta, para la autorización del proyecto,
la evaluación de impacto ambiental efectuada.
El proyecto de la instalación y su estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA)
han sido sometidos al procedimiento de evaluación de impacto ambiental, habiendo sido
formulada Declaración de Impacto Ambiental favorable, concretada mediante
Resolución 12 de diciembre de 2022 de la Dirección General de Calidad y Evaluación
Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (en
adelante, DIA), en la que se establecen las condiciones ambientales, incluidas las
medidas preventivas, correctoras y compensatorias, que resultan de la evaluación

cve: BOE-A-2023-7404
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Núm. 68