III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-7318)
Resolución de 9 de marzo de 2023, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con el O.A. Consejo Insular de Aguas de La Palma, para la actualización y mejora del conocimiento hidrogeológico de la isla de La Palma.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 67

Lunes 20 de marzo de 2023

Actividad

Sec. III. Pág. 41742

CIALP CSIC-IGME

Total

8. Seguimiento de la evolución del contenido en nitratos en las zonas definidas como vulnerables.

60 %

40 %

100 %

9. Propuesta de modificación o nueva delimitación de las MASb de La Palma.

30 %

70 %

100 %

10. Elaboración de una publicación de alta divulgación científica sobre el agua subterránea en La Palma. Identificación
40 %
y posible evaluación de las descargas de agua subterránea al mar.

60 %

100 %

Si en cada anualidad la cuantía del número de trabajos realizados es inferior a la
aportación máxima anual estipulada, si procede, siempre que el gasto hubiera sido
contraído de conformidad con el procedimiento de ejecución presupuestaria, toda vez
que ambos organismos se encuentra sujeto a un régimen de presupuesto anual, se
reservará la diferencia de esa cuantía para la siguiente anualidad por si fuese necesaria.
En todo caso, las partes tramitarán la correspondiente adenda de modificación del
convenio.
Decimotercera.

Aportaciones del CIALP.

Las aportaciones económicas del Consejo Insular de Aguas de La Palma reseñadas
en la cláusula anterior serán ingresadas mediante transferencia bancaria a la cuenta
ES95 0049 0126 60 2510783115, de la entidad Banco de Santander, abierta a nombre
del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CIF Q2818002D), designada para
su Centro Nacional Instituto Geológico y Minero de España, tras las aportaciones
parciales según trabajos realizados avaladas por el informe favorable de la Comisión de
Seguimiento y tras la entrega de los correspondientes informes técnicos.
El calendario de aportaciones se establece de la siguiente forma:

Para cada uno de los plazos previstos para las aportaciones económicas, el equipo
de trabajo del CN IGME y el CIALP presentará previamente un informe de avance o el
informe final de cada actividad, ante la Comisión de Seguimiento, de manera que
justifique el alcance de los objetivos previstos.
Decimocuarta.

Transparencia.

Este convenio se somete a lo que dispone el artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013, de 9
de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.

cve: BOE-A-2023-7318
Verificable en https://www.boe.es

– Primera aportación en la segunda quincena de junio de 2023, o al mes de la
eficacia del convenio, correspondiente al 50 % de la anualidad de ese año.
– Segunda aportación en la segunda quincena de noviembre de 2023,
correspondiente al 50 % restante de la anualidad de ese año.
– Tercera aportación en la segunda quincena de junio de 2024, correspondiente
al 50 % de la anualidad de ese año.
– Cuarta aportación en la segunda quincena de noviembre de 2024, correspondiente
al 50 % restante de la anualidad de ese año.
– Quinta aportación en la segunda quincena de junio de 2025, correspondiente
al 50 % de la anualidad de ese año.
– Sexta aportación en la segunda quincena de noviembre de 2025, correspondiente
al 50 % restante de la anualidad de ese año.
– Séptima aportación en la segunda quincena de junio de 2026, correspondiente
al 50 % de la anualidad de ese año.
– Octava aportación y final, a la entrega de todos los documentos, en la segunda
quincena de noviembre de 2026, correspondiente al 50 % restante de la anualidad de
ese año, correspondiente al restante justificado de los gastos imputables al Convenio.