III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-7293)
Resolución de 27 de febrero de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la Propiedad de Arrecife, por la que se suspende la inscripción de la georreferenciación alternativa a la catastral de una finca registral y la consiguiente rectificación de su descripción.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 67

Lunes 20 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 41615

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
7293

Resolución de 27 de febrero de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador de la Propiedad de Arrecife, por la que se suspende la
inscripción de la georreferenciación alternativa a la catastral de una finca
registral y la consiguiente rectificación de su descripción.

En el recurso interpuesto por doña M. N. S. E., doña L. I. H. E. y doña E. y don M. H.
G. contra la nota de calificación del registrador de la Propiedad de Arrecife, don Antonio
Díaz Marquina, por la que se suspende la inscripción de la georreferenciación alternativa
a la catastral de una finca registral y la consiguiente rectificación de su descripción, una
vez tramitado el expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, en el que se han
practicado alegaciones contra la inscripción de la georreferenciación de la finca.
Hechos
I
Mediante instancia privada suscrita con fecha 3 de agosto de 2022, doña M. N. S. E.,
don M. H. G., doña L. I. H. E. y doña E. H. G. solicitaban expresamente la inscripción de
la representación gráfica alternativa a Catastro de la finca registral número 8.201 de San
Bartolomé, con código registral único 35016000342602, en unión de certificación técnica
descriptiva de representación gráfica alternativa expedida el día 11 de julio de 2022, por
don R. L. G., ingeniero técnico en Topografía, e informe de validación gráfica de fecha 21
de febrero de 2022.
II
Presentada dicha instancia en el Registro de la Propiedad de Arrecife, fue objeto de
la siguiente nota de calificación:
«Certifico que, previa calificación jurídica del documento reseñado, en unión de
Certificación técnica descriptiva de representación gráfica alternativa, expedida el día
once de Julio de dos mil veintidós, por Don R. L. G., Ingeniero técnico en Topografía,
colegiado (…) por el Colegio Oficial de Ingeniería Geomática y Topografía; e Informe de
Validación Gráfica de fecha 21 de febrero de 2.022; y consultados los antecedentes del
Registro, he procedido a su calificación negativa en base a los siguientes:

Por el antedicho documento, Doña N. S. E., Don M. H. G., Doña L. I. H. E. y Doña E.
H. H., solicitan expresamente la inscripción de la representación gráfica alternativa a
Catastro de la finca 8.201 de San Bartolomé, con Código Registral
Único 35016000342602.
Fundamentos de Derecho:
Los documentos de todas clases, susceptibles de inscripción, se hallan sujetos a
calificación por el registrador, quien, bajo su responsabilidad, ha de resolver acerca de la
legalidad de sus formas extrínsecas, la capacidad de los otorgantes, y la validez de los
actos contenidos en los mismos, de conformidad con lo establecido en los artículos 18
y 19 de la Ley Hipotecarla, y 98 a 100 del Reglamento para su ejecución. Este principio

cve: BOE-A-2023-7293
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Hechos: