III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2023-7130)
Resolución de 9 de marzo de 2023, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad de Valencia, para desarrollar actividades de investigación y desarrollo en el campo de la acuicultura.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66

Sábado 18 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 41235

Por todo ello, las partes acuerdan suscribir el presente Convenio, que se regirá
conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

El objeto del presente convenio es la colaboración de ambas partes en el marco del
diseño de experimentos concretos que se desarrollen dentro del contexto de la
investigación en acuicultura.
Segunda. Actuaciones de las partes.
El INIA-CSIC se obliga a realizar el análisis molecular de las muestras obtenidas en
los experimentos llevados a cabo en la UV así como el análisis estadístico de la
información generada. Esto incluye desde la extracción y procesado de ácidos nucleicos
y marcadores metabólicos, la obtención de la información molecular (técnicas-ómicas
como genómica, transcriptómica, proteómica, metabolómica y metagenómica), al análisis
bioinformático correspondiente. Para esto último el INIA dispone del acceso a un
supercomputador que permite el procesado y análisis de los datos generados, a través
de técnicas de Big Data.
La UV se obliga a 1) realizar tratamientos in vivo dentro del marco estipulado por la
UV; y 2) obtener las muestras de tejido correspondientes para evaluar los tratamientos
evaluados. Estos tratamientos pueden incluir tanto desafíos de especies de acuicultura in
vivo con patógenos como tratamientos nutricionales. Los ensayos se realizarán en el
laboratorio del grupo de investigación de la UV, acreditado como laboratorio de
investigación nivel de Bioseguridad 2, y en la Planta de Acuarios del Servicio Central de
Soporte a la Investigación (SCSIE) de la UV.
Los responsables del convenio por parte de cada entidad serán aprobados por la
Comisión de Seguimiento definida en la cláusula cuarta.
Tercera.

Evaluación económica.

La evaluación económica total para el periodo de duración del Convenio asciende a
dieciséis mil euros (16.000 €).
La valoración de la aportación que realiza el INIA es de 8.000 euros en:
– Personal propio: 6.000 euros.
– Material fungible y utilización de instalaciones y equipos propios: 2.000 euros.

– Personal propio: 3.000 euros.
– Material fungible: 5.000 euros.
Los gastos de personal corresponden a personal propio de la UV, por lo que los
compromisos que asume la UV podrán ser afrontados con los recursos ordinarios de la
Entidad, sin que las obligaciones que este convenio supone representen ningún tipo de
incremento de dotaciones ni de retribuciones, ni de otros gastos de personal en la UV.
El presente convenio no conlleva aportación económica alguna entre las partes.
La financiación de las actividades de investigación objeto del presente Convenio se
soportará por cada una de las partes, costeando cada una de ellas los importes

cve: BOE-A-2023-7130
Verificable en https://www.boe.es

Los gastos de personal corresponden a personal propio del INIA, por lo que los
compromisos que asume el INIA podrán ser afrontados con los recursos ordinarios del
Organismo, sin que las obligaciones que este convenio supone representen ningún tipo
de incremento de dotaciones ni de retribuciones, ni de otros gastos de personal en el
INIA.
La valoración de la aportación que realiza la UV es de 8.000 euros en: