III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2023-7127)
Resolución de 23 de febrero de 2023, de la Secretaría de Estado de Comercio, por la que se publica el Convenio con la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España, por el que se canaliza subvención nominativa prevista en los Presupuestos Generales del Estado para 2022, para el desarrollo del Programa de Mentoring y Apoyo a la Internacionalización, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66

Sábado 18 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 41204

– Coste de contratación de una agencia de marketing o comunicación en el mercado
de destino.
– Honorarios de Community Managers para posicionamiento en los mercados de
destino
– Elaboración de contenidos específicos para su uso en redes sociales en el
mercado de destino o traducción al idioma del país de destino
Conceptos excluidos.
– Publicidad destinada al mercado nacional.
C.

Acciones promocionales.

Conceptos subvencionables.
– Participaciones individuales en ferias en el exterior a las que la empresa acuda
como expositor.
– Participaciones dentro del stand de un distribuidor o de otra empresa
complementaria siempre y cuando figure el nombre de la empresa española.
– Desarrollo de plataformas de marca para su uso por parte de distribuidores,
franquiciados, etc. en mercados de destino.
– Promociones punto de venta y al canal.
– Eventos de relaciones públicas, incluyendo la contratación de agencia de
relaciones públicas.
– Degustaciones y exposiciones puntuales.
– Alquiler del espacio y montaje de showrooms permanentes en los mercados de
destino.
– Participación en concursos o certámenes de calidad.
– Desfiles.
– Demostraciones.
– Jornadas técnicas.
– Patrocinios/Participación en eventos que tengan lugar en los mercados de destino.
– Diseño y desarrollo de programas de fidelización para mercados de destino.
– Acciones promocionales a través de internet, siempre que sean en idioma
extranjero (salvo en los casos de empresas cuyos mercados objetivos sean
exclusivamente aquellos con idioma oficial español).
Se podrán incluir gastos por los siguientes conceptos:
– Derechos de inscripción y alquiler de espacio.
– Coste de inserción en el catálogo de la Feria.
– Diseño, producción, decoración y mantenimiento de los stands de ferias
profesionales.
– Azafatas e intérpretes.






D.

Viajes, alojamientos y dietas.
Transporte del producto y del material promocional y gastos de aduanas.
Elaboración, envío de muestras y envío de cualquier otro material.
Regalos promocionales.
Catering.
Registro de patentes y marcas.

Conceptos subvencionables.
– Registro internacional de patentes y marcas (arbitraje internacional ante litigios,
búsqueda de nombre,...).

cve: BOE-A-2023-7127
Verificable en https://www.boe.es

Conceptos excluidos.