III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2023-7127)
Resolución de 23 de febrero de 2023, de la Secretaría de Estado de Comercio, por la que se publica el Convenio con la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España, por el que se canaliza subvención nominativa prevista en los Presupuestos Generales del Estado para 2022, para el desarrollo del Programa de Mentoring y Apoyo a la Internacionalización, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66

Sábado 18 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 41203

– Consultoría para el desarrollo o mejora de nuevos productos (incluido embalaje y
diseño/presentación de producto), servicios o procesos organizativos para abordar los
mercados internacionales.
– Estudios de viabilidad técnica/económica y / asesoramiento legal de adaptación a
normativa.
– Implantación de nuevos procesos de organización para mejorar la capacidad
exportadora.
– Otros estudios /informes dirigidos a impulsar o consolidar la presencia de
empresas en el exterior
Conceptos excluidos.
– Estudios o informes realizados internamente por la empresa
– Estudios o informes orientados al mercado nacional
2.8.4
A.

Área de Promoción Internacional.

Materiales de difusión y promoción en mercados internacionales.

Conceptos subvencionables.
– Elaboración y reimpresión de catálogos, folletos, carteles, expositores punto de
venta.
– (Re)Diseño y/o adaptación de envases y etiquetas (tanto de producto como de
muestras).
– Diseño y/o modificación o ampliación de páginas web, incluyendo registro y
dominio.
– El coste de dar el alta a la empresa en «portales comerciales» en Internet para la
venta de sus productos.
– Diseño de carpetas de prensa y demás material informativo impreso o audiovisual.
– Gastos de traducción de textos relacionados con el material promocional.
– Gastos de producción de material audiovisual (vídeos corporativos, piezas para
redes sociales, etc.).
– Implantación CRM en mercados de destino.
Todo este material deberá destinarse exclusivamente a la exportación y editarse al
menos en un idioma extranjero (salvo en los casos de empresas cuyos mercados
objetivos sean exclusivamente aquellos con idioma oficial español) bajo la marca y
nombre de la empresa española.
Conceptos excluidos.

B.

Regalos de empresa y promocionales.
Diseño y realización de embalajes.
Elaboración de envases y etiquetas.
Elaboración de muestras.
Mantenimiento de página web y/o en portales comerciales.
Publicidad.

Conceptos subvencionables.
– Creatividad del material utilizado para el exterior y adaptación del ya existente para
cada mercado.
– Coste de la inserción en medios extranjeros y en la edición internacional de
medios nacionales.
– Coste de inserción en los catálogos de las ferias profesionales.
– Publicidad en Internet y campañas vía email para mercados de destino.
– Plan de Medios para mercado(s) objetivo(s), incluyendo medios online y offline.

cve: BOE-A-2023-7127
Verificable en https://www.boe.es