III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2023-7127)
Resolución de 23 de febrero de 2023, de la Secretaría de Estado de Comercio, por la que se publica el Convenio con la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España, por el que se canaliza subvención nominativa prevista en los Presupuestos Generales del Estado para 2022, para el desarrollo del Programa de Mentoring y Apoyo a la Internacionalización, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66

Sábado 18 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 41198

ANEXO 1
Descripción del Programa de Mentoring y Apoyo a la Internacionalización
El Programa de Mentoring y Apoyo a la Internacionalización se compone de dos
líneas de actuación: «Mentoring Internacional de Pymes» (en adelante, «Mentoring») y
«Certificación Internacional» (en adelante, «Certificación») y se divide en dos fases de
actuación: una primera fase en la que se seleccionarán las empresas internacionalizadas
cuyo personal actuará como mentores de la Línea de «Mentoring» y una segunda fase
en la que se realizará la selección de las empresas participantes en ambas líneas a
través de una única convocatoria pública.
1.

Puesta en marcha del programa:

1.1

Selección de las empresas mentoras y de los mentores.

La Cámara de España publicará en su sede electrónica una convocatoria de
adhesión para empresas internacionalizadas que deseen ofrecer bonos de «Mentoring».
Criterios básicos de adhesión al Catálogo de empresas «Mentoring»:
– Ser una empresa según la definición recogida en el anexo 1 del Reglamento (UE)
n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
– Tener una facturación superior a 50.000.000 euros en el último ejercicio.
– Haber exportado más de un 25 % de su facturación en el último año.
– Acreditar tener domicilio fiscal y departamento internacional en España.
– Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
– No estar incurso en ninguna otra de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
– No tener la consideración de empresa en crisis, conforme a lo dispuesto en el
Reglamento 651/2017, de 17 de junio de 2014.
– Poner a disposición del programa paquetes de 15 horas de personal directivo con
más de 5 años de experiencia en el desarrollo de negocio internacional.
– Otros criterios adicionales que se determinen en la comisión gestora o grupo de
trabajo.
Una vez seleccionadas las empresas mentoras, se publicará el Catálogo de
Mentores en el Portal del Programa y se podrá clasificar por áreas de especialización, en
función de la experiencia y conocimiento de los perfiles ofrecidos por las empresas
mentoras. En todo caso, el bono de «Mentoring» previsto para las empresas que se
presenten al programa sólo podrá ejecutarse con las empresas adheridas al Catálogo.
Criterios que deben cumplir los mentores:
Ejercer funciones directivas en la organización.
Tener más de 5 años de experiencia en el desarrollo de negocio internacional.
Tener un título universitario.
Tener un alto nivel de inglés.
Perfil público en linkedin para que pueda ser consultado por las empresas.

1.2

Convocatorias de ayudas.

La Cámara de España, una vez haya garantizado un número suficiente de mentores,
pondrá en marcha la selección de las empresas participantes en ambas líneas a través
de una única convocatoria pública de ayudas, que se anunciará en su web, así como, en
la del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y en cualquier otro medio que facilite
su difusión.
El proceso de valoración de las solicitudes se realizará de acuerdo con los criterios
objetivos establecidos en la convocatoria y mediante comprobación de que la empresa

cve: BOE-A-2023-7127
Verificable en https://www.boe.es