V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. (BOE-B-2023-8051)
Extracto de la Orden de 14 de marzo de 2023, por la que se convocan becas de formación práctica para titulados universitarios en las áreas de comercialización, transformación pesquera y acuicultura
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66

Sábado 18 de marzo de 2023

Sec. V-B. Pág. 12582

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

8051

Extracto de la Orden de 14 de marzo de 2023, por la que se convocan
becas de formación práctica para titulados universitarios en las áreas
de comercialización, transformación pesquera y acuicultura

BDNS(Identif.):682302
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
682302)
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de las becas aquellas personas físicas con plena
capacidad de obrar que reúnan las siguientes condiciones:
a) Tener nacionalidad española o ser nacional de algún Estado miembro de la
Unión Europea o de los signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico
Europeo, residente legal en España, en los que concurran las circunstancias
previstas en las bases reguladoras establecidas en la Orden APA/511/2019 de 26
de abril y que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre.
b) Dominio del idioma español. Sólo se requerirá prueba documental en los
casos en que no se trate de candidatos españoles o hispanoamericanos y que
lleven residiendo en España por un periodo inferior a dos años. La acreditación del
dominio del idioma español en tales casos, podrá realizarse de manera
documental, a través de certificados de entes públicos o privados que garanticen
un nivel, al menos, B1, de acuerdo con el Marco común europeo de referencia para
las lenguas.

d) Haber finalizado los estudios indicados en el apartado anterior en los seis
años anteriores al de la publicación del extracto de la correspondiente
convocatoria, para la que se solicite la beca, en el «Boletín Oficial del Estado».
e) Tener conocimientos de inglés nivel mínimo B1, acreditado mediante
titulación oficial, exigido por el artículo 20.3 de las Bases Reguladoras.
f) No estar incurso en ninguna de las circunstancias y prohibiciones que
impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones según el artículo 13

cve: BOE-B-2023-8051
Verificable en https://www.boe.es

c) Estar en posesión o en condiciones de obtener, el último día del plazo de
presentación de solicitudes, el título universitario de graduado, diplomado,
licenciado, ingeniero técnico o superior, o titulaciones equivalentes en materias y
especialidades relacionadas con las funciones de la Dirección General de
Ordenación Pesquera y Acuicultura para las becas del área de Ordenación
Pesquera. Para la beca en el área de las becas de formación en el Área de
Asesoramiento Jurídico, Régimen Sancionador y Desarrollo Normativo estar en
posesión o en condiciones de obtener, el último día del plazo de presentación de
solicitudes, el título universitario de graduado, licenciado o titulación equivalente en
Derecho o en Gestión y Administración Públicas.