I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2023-6968)
Texto enmendado de los Anejos A y B del Acuerdo Europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR 2023) con las Enmiendas adoptadas durante la sesión 110.ª del Grupo de trabajo de transportes de mercancías peligrosas de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 65
Viernes 17 de marzo de 2023
Sec. I. Pág. 39248
“Material animal”, cadáveres de animales, partes del cuerpo de animales o productos alimentarios o
alimentos para animales de origen animal;
"Material plástico reciclado", el material recuperado de embalajes/envases industriales usados que se
ha limpiado y preparado para ser transformado en embalajes/envases nuevos. Se debe garantizar y
documentar con regularidad que las propiedades específicas del material reciclado que se ha utilizado
para la producción de nuevos embalajes/envases son adecuadas en el marco de un programa de
aseguramiento de la calidad reconocido por la autoridad competente. Dichos programas deberán
comprender el registro de una selección previa adecuada y la verificación de que todos los lotes de
material plástico reciclado se ajustan al índice de fluidez y a la densidad adecuadas, así como una
resistencia a tracción que guarde relación con la del modelo tipo fabricado a partir de este tipo de
material reciclado. Es preciso que en esta verificación se disponga de información sobre el material del
embalaje/envase del cual proviene el plástico reciclado, así como acerca del contenido anterior de esos
embalajes/envases, en caso de que dicho contenido pueda reducir la resistencia de los nuevos
embalajes/envases fabricados utilizando ese material. Asimismo, el programa de aseguramiento de la
calidad aplicado por el fabricante del embalaje/envase con arreglo a lo dispuesto en 6.1.1.4 deberá
comprender la realización del ensayo mecánico que se especifica en 6.1.5 sobre modelos de
embalajes/envases fabricados a partir de cada lote de material plástico reciclado. En dicho ensayo, la
resistencia al apilamiento podrá ser comprobada mediante los correspondientes ensayos de compresión
dinámica en lugar de mediante un ensayo de carga estática;
NOTA: La norma ISO 16103:2005 "Envases y embalajes. Envases y embalajes para el transporte de
mercancías peligrosas. Materiales plásticos reciclados", ofrece orientación adicional sobre los
procedimientos que deben seguirse para la aprobación del uso de materiales plásticos reciclados.
Dicha norma se ha elaborado a partir de la experiencia en la fabricación de bidones y jerricanes de
material plástico reciclado, por lo que puede que sea necesario adaptarla a otros tipos de
embalajes/envases, RIG y grandes embalajes/envases de material plástico reciclado.
“Medio de transporte”, para el transporte por carretera o ferrocarril, un vehículo o un vagón;
"Mercancías peligrosas", las materias y objetos cuyo transporte está prohibido según el ADR o
autorizado únicamente en las condiciones que éste prevé;
“Miembro de la tripulación”, es el conductor y cualquier otra persona que acompañe al conductor por
razones de seguridad, protección ciudadana, formación o explotación;
“Motor de pila de combustible”, un dispositivo utilizado para accionar aparatos consistentes en una pila
de combustible y su suministro de combustible ya sea integrado con o separado de la pila de combustible,
y que incluye todos los accesorios necesarios para cumplir su función;
N
"N.E.P.", véase "Epígrafe n.e.p.";
"Nombre técnico", un nombre químico reconocido, en su caso un nombre biológico reconocido, o
cualquier nombre que se suela emplear en los manuales, publicaciones periódicas y textos científicos y
técnicos (véase 3.1.2.8.1.1);
"Número ONU" o "N.º ONU", el número de identificación de cuatro cifras de las materias u objetos
extraído de la Reglamentación Modelo de las Naciones Unidas;
“Organismo de control”, un organismo independiente de control y ensayos, homologado por la
autoridad competente;
P
"Pequeño contenedor”, ver "Contenedor";
cve: BOE-A-2023-6968
Verificable en https://www.boe.es
O
Núm. 65
Viernes 17 de marzo de 2023
Sec. I. Pág. 39248
“Material animal”, cadáveres de animales, partes del cuerpo de animales o productos alimentarios o
alimentos para animales de origen animal;
"Material plástico reciclado", el material recuperado de embalajes/envases industriales usados que se
ha limpiado y preparado para ser transformado en embalajes/envases nuevos. Se debe garantizar y
documentar con regularidad que las propiedades específicas del material reciclado que se ha utilizado
para la producción de nuevos embalajes/envases son adecuadas en el marco de un programa de
aseguramiento de la calidad reconocido por la autoridad competente. Dichos programas deberán
comprender el registro de una selección previa adecuada y la verificación de que todos los lotes de
material plástico reciclado se ajustan al índice de fluidez y a la densidad adecuadas, así como una
resistencia a tracción que guarde relación con la del modelo tipo fabricado a partir de este tipo de
material reciclado. Es preciso que en esta verificación se disponga de información sobre el material del
embalaje/envase del cual proviene el plástico reciclado, así como acerca del contenido anterior de esos
embalajes/envases, en caso de que dicho contenido pueda reducir la resistencia de los nuevos
embalajes/envases fabricados utilizando ese material. Asimismo, el programa de aseguramiento de la
calidad aplicado por el fabricante del embalaje/envase con arreglo a lo dispuesto en 6.1.1.4 deberá
comprender la realización del ensayo mecánico que se especifica en 6.1.5 sobre modelos de
embalajes/envases fabricados a partir de cada lote de material plástico reciclado. En dicho ensayo, la
resistencia al apilamiento podrá ser comprobada mediante los correspondientes ensayos de compresión
dinámica en lugar de mediante un ensayo de carga estática;
NOTA: La norma ISO 16103:2005 "Envases y embalajes. Envases y embalajes para el transporte de
mercancías peligrosas. Materiales plásticos reciclados", ofrece orientación adicional sobre los
procedimientos que deben seguirse para la aprobación del uso de materiales plásticos reciclados.
Dicha norma se ha elaborado a partir de la experiencia en la fabricación de bidones y jerricanes de
material plástico reciclado, por lo que puede que sea necesario adaptarla a otros tipos de
embalajes/envases, RIG y grandes embalajes/envases de material plástico reciclado.
“Medio de transporte”, para el transporte por carretera o ferrocarril, un vehículo o un vagón;
"Mercancías peligrosas", las materias y objetos cuyo transporte está prohibido según el ADR o
autorizado únicamente en las condiciones que éste prevé;
“Miembro de la tripulación”, es el conductor y cualquier otra persona que acompañe al conductor por
razones de seguridad, protección ciudadana, formación o explotación;
“Motor de pila de combustible”, un dispositivo utilizado para accionar aparatos consistentes en una pila
de combustible y su suministro de combustible ya sea integrado con o separado de la pila de combustible,
y que incluye todos los accesorios necesarios para cumplir su función;
N
"N.E.P.", véase "Epígrafe n.e.p.";
"Nombre técnico", un nombre químico reconocido, en su caso un nombre biológico reconocido, o
cualquier nombre que se suela emplear en los manuales, publicaciones periódicas y textos científicos y
técnicos (véase 3.1.2.8.1.1);
"Número ONU" o "N.º ONU", el número de identificación de cuatro cifras de las materias u objetos
extraído de la Reglamentación Modelo de las Naciones Unidas;
“Organismo de control”, un organismo independiente de control y ensayos, homologado por la
autoridad competente;
P
"Pequeño contenedor”, ver "Contenedor";
cve: BOE-A-2023-6968
Verificable en https://www.boe.es
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