III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2023-7044)
Resolución de 8 de marzo de 2023, de la Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., por la que se publica el Convenio con el Instituto Tecnológico Agrario y Agroalimentario de la Universidad de Valladolid, para la continuación del programa de diseño, control y monitorización de las medidas de mejora de la continuidad longitudinal en aprovechamientos hidroeléctricos, otro tipo de aprovechamientos y estaciones de aforo de la cuenca del Duero.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 65

Viernes 17 de marzo de 2023
Cuarta.

Sec. III. Pág. 40610

Difusión y divulgación.

Durante la vigencia del presente convenio, las partes acuerdan hacer difusión pública
de la existencia de este por cualquier medio de comunicación, haciéndose mutuo
reconocimiento público, y actuando de forma coordinada con conocimiento previo de la
otra parte.
Los datos obtenidos como consecuencia de las inspecciones podrán ser destinados
a labores de investigación y a la redacción de una tesis doctoral por parte de la
Universidad de Valladolid. El protocolo tendrá un formato apto para publicar en las
condiciones que exige el plan editorial de la Administración General del Estado. Los
resultados de las labores de investigación y seguimiento podrán ser publicados en
trabajos científicos de la Universidad, citando siempre que las mismas se realizaron en el
ámbito del presente convenio. Así mismo, siempre que las circunstancias lo permitan,
la CHD promoverá el desarrollo de futuras actividades de investigación aplicada a la
policía de aguas y la planificación hidrológica, al amparo del presente convenio.
Quinta. Financiación y pagos.
La Confederación Hidrográfica del Duero, OA financiará los trabajos mediante el
abono al ITAGRA, como única persona jurídica para recibir los pagos realizados, la
cantidad total de cien mil euros (100.000 €), I.V.A. incluido, con cargo a la aplicación
presupuestaria 23-452- A.640.01, según el desglose del presupuesto que consta en el
anexo n.º 3 al convenio.
Para proceder a los pagos, se seguirá el calendario previsto en el Anexo n.º 2, y la
Confederación Hidrográfica del Duero, O.A. certificará los trabajos efectuados, previa
emisión de la correspondiente factura, con los siguientes importes:
– 10 % (10.000 euros) a la formalización del convenio.
– 30 % (30.000 euros) tras la entrega del software «Escalas» para el diseño y
evaluación de pasos para peces de estanques sucesivos, junto con su manual de
usuario y su vídeo-tutorial (6 meses).
– 30 % (30.000 euros) tras la entrega del informe de resultados de la evaluación de
las estaciones de aforo del tipo V-flat que restan por ser evaluadas en el ámbito de
la CHD (12 meses).
– 30 % (30.000 euros) a la entrega del documento técnico, que indica cómo evaluar
la facilidad para el descenso de las estructuras hidráulicas transversales y los sistemas
para evitar que los peces se adentren en tomas o canales de derivación.
Estos pagos corresponden, los dos primeros a la anualidad del año 2023 (de 40.000
euros), el tercero a la anualidad del año 2024 (de 30.000 euros) y el 4.º a la anualidad
del año 2025 (de 30.000 euros), y se efectuarán previa supervisión de la Comisión Mixta
de Seguimiento, que emitirá un certificado sobre la parte o el total del trabajo ejecutado.
Comisión Mixta de Seguimiento y Control.

Para resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse
durante la vigencia del presente convenio se crea una Comisión Mixta de Seguimiento y
Control, que estará integrada por dos miembros designados por la Confederación
Hidrográfica del Duero, y dos miembros designados por el ITAGRA. Dicha Comisión
estará, en la medida de lo posible, a lo dispuesto en la Disposición Adicional Primera de
la L.O. 3/2007 que prevé una composición paritaria de género.
La citada Comisión se reunirá al menos tres veces durante la vigencia del convenio,
preferentemente coincidiendo con la presentación de la documentación correspondiente
a cada parte de los trabajos, y siempre que lo requiera la urgencia o importancia del
asunto que se trate a solicitud de cualquiera de las partes.
La presidencia de la Comisión se ostentará de forma rotatoria entre las partes. La
duración de esta será semestral. El presidente dispondrá de voto dirimente. La secretaría

cve: BOE-A-2023-7044
Verificable en https://www.boe.es

Sexta.