III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2023-7044)
Resolución de 8 de marzo de 2023, de la Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., por la que se publica el Convenio con el Instituto Tecnológico Agrario y Agroalimentario de la Universidad de Valladolid, para la continuación del programa de diseño, control y monitorización de las medidas de mejora de la continuidad longitudinal en aprovechamientos hidroeléctricos, otro tipo de aprovechamientos y estaciones de aforo de la cuenca del Duero.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 17 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 40607

(en adelante, ITAGRA CT), con CIF G-34191445 y domicilio en Avda. de Madrid, 44;
Campus La Yutera, 34004 de Palencia, como Director del Centro por acuerdo de la
Asamblea General de 31 de mayo de 2000, elevado a escritura pública ante el Notario
don Juan Carlos Villamuza Rodríguez con el número de su protocolo 945, de fecha 27 de
mayo de 2009.
Todas las partes se reconocen mutuamente, en la calidad en que cada una interviene,
con capacidad legal necesaria para suscribir el presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
1. El ITAGRA es una institución sin ánimo de lucro que tiene como misión
fundamental complementar el cumplimiento de los fines de la Universidad de Valladolid.
Sus objetivos principales son apoyar a instituciones y empresas en el desarrollo de
metodologías y equipos de trabajo en temas de alta cualificación, siempre a través de la
técnica y del conocimiento científico más avanzado. Esta institución cuenta con un grupo
de investigación (GEA-Eco hidráulica) cuyo fin último es aportar «conocimiento actual»
para mejorar la calidad ecológica de los ríos y hacer compatibles las actividades
humanas con los ecosistemas acuáticos, coordinado por el investigador principal y
profesor de la U.D. de Hidráulica e Hidrología de la Escuela Técnica Superior de
Ingenierías Agrarias de Palencia (Universidad de Valladolid).
2. Que la Confederación Hidrográfica del Duero, OA tiene entre sus funciones las
relacionadas con la protección del dominio público hidráulico (artículos 92 al 94 del Texto
Refundido de la Ley de Aguas), el régimen concesional (capítulo III, sección segunda
del TRLA), ambos según el procedimiento que desarrolla el Reglamento del Dominio
Público Hidráulico; así como la elaboración del Plan Hidrológico de la parte española de
la Demarcación Hidrográfica del Duero, tal y como establecen el artículo 23 y el
artículo 41 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, según el procedimiento que se
desarrolla en el Capítulo I del Título II del Real Decreto 907/2007, de 6 de julio, por el
que se aprueba el Reglamento de la Planificación Hidrológica.
La protección del dominio público hidráulico se lleva a cabo, entre otros, mediante el
otorgamiento de concesiones para el uso privativo con la imposición de condiciones,
entre las que figura la instalación de dispositivos de pasos para peces en estructuras
transversales, para conseguir su franqueabilidad y permitir las migraciones de las
poblaciones piscícolas, garantizando la continuidad longitudinal del río y de la masa de
agua. Asimismo, dicha protección se consigue a través de las funciones de vigilancia y
control del dominio público hidráulico que corresponden a las Comisarías de Aguas, en
cuyo marco se ha llevado a cabo un exhaustivo programa de seguimiento de
aprovechamientos hidroeléctricos que ha conducido a la construcción y adecuación de
numerosos pasos piscícolas para dar cumplimiento a la normativa y las condiciones
concesionales.
La elaboración y revisión de los Planes Hidrológicos requiere, entre otros, el
establecimiento de un Programa de Medidas para alcanzar los objetivos
medioambientales que establece la Directiva Marco del Agua (en adelante, DMA) en su
artículo 4.º La DMA establece una clasificación distinguiendo medidas básicas y medidas
complementarias. Las básicas se refieren al cumplimiento de una serie de Directivas,
entre ellas las relacionadas con la conservación de la biodiversidad, y en concreto la
Directiva de hábitats naturales y de conservación de la flora y fauna silvestres
(Directiva 92/43/CE).
Promover la conectividad longitudinal de las masas de agua es un objetivo de la
Confederación Hidrográfica del Duero, con el fin de mejorar su estado, máxime teniendo
en cuenta que en muchas ocasiones no se alcanza el buen estado, por alteraciones
hidromorfológicas, causadas en la mayoría de los casos por la compartimentación a
causa de los azudes, de los que muchos de ellos son objeto de estudio del presente
convenio.

cve: BOE-A-2023-7044
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Núm. 65