III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2023-7029)
Resolución de 6 de febrero de 2023, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica el Convenio con Administrador de Infraestructuras Ferroviarias-Alta Velocidad y Ferrocarrils de la Generalitat de Catalunya, sobre títulos de transporte ferroviario de viajeros utilizados por personal activo y beneficiarios de ADIF y ADIF-Alta Velocidad en los ferrocarriles de FGC.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 65

Viernes 17 de marzo de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD
Y AGENDA URBANA
7029

Resolución de 6 de febrero de 2023, de la Entidad Pública Empresarial
Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica el
Convenio con Administrador de Infraestructuras Ferroviarias-Alta Velocidad y
Ferrocarrils de la Generalitat de Catalunya, sobre títulos de transporte
ferroviario de viajeros utilizados por personal activo y beneficiarios de ADIF y
ADIF-Alta Velocidad en los ferrocarriles de FGC.

Habiendo sido suscrito el 2 de febrero de 2023, el Convenio entre el Administrador
de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), Administrador de Infraestructuras Ferroviarias de
Adif Alta Velocidad (ADIF-Alta Velocidad) y Ferrocarrils de la Generalitat de Catalunya
(FGC) sobre títulos de transporte ferroviario de viajeros utilizados por personal activo y
beneficiarios de ADIF y ADIF-Alta Velocidad en los ferrocarriles de FGC, procede, en
cumplimiento de lo establecido en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, sobre convenios suscritos por la
Administración General del Estado o alguno de sus organismos públicos o entidades de
derecho público vinculados o dependientes, la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 6 de febrero de 2023.–La Presidenta de la Entidad Pública Empresarial
Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, María Luisa Domínguez González.
ANEXO
Convenio entre el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF),
Administrador de Infraestructuras Ferroviarias de Adif Alta Velocidad (ADIF-Alta
Velocidad) y Ferrocarrils de la Generalitat de Catalunya (FGC) sobre títulos
de transporte ferroviario de viajeros utilizados por personal activo y beneficiarios
de ADIF y ADIF-Alta Velocidad en los ferrocarriles de FGC
2 de febrero de 2023.

De una parte, las entidades públicas empresariales dependientes del Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Administrador de Infraestructuras Ferroviarias
(en adelante, ADIF), con NIF Q-2801660H, y Administrador de Infraestructuras
Ferroviarias-Alta Velocidad (en adelante, ADIF-Alta Velocidad), con NIF Q-2802152E,
representadas en este acto por su Presidenta en virtud del Real Decreto 670/2021, de 27
de julio, doña María Luisa Domínguez González en el ejercicio de las facultades que tiene
conferidas por el artículo 23.2.a) del Estatuto del Administrador de Infraestructuras
Ferroviarias (ADIF), aprobado mediante Real Decreto 2395/2004, de 30 de diciembre, y el
artículo 23.1 y 2.a) del Estatuto de ADIF-Alta Velocidad, aprobado mediante Real
Decreto 1044/2013, de 27 de diciembre, y con domicilio de ambas entidades públicas
empresariales a efectos de este convenio en Madrid, calle Sor Ángela de la Cruz, 3, 28020
de Madrid.
Y de otra, Ferrocarrils de la Generalitat de Catalunya (en adelante FGC), con NIF
Q0801576J, y domicilio social en la calle dels Vergòs, 44, 08017 de Barcelona
representada por don Antoni Segarra Barreto en su condición de Presidente, que actúa

cve: BOE-A-2023-7029
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