III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Títulos extranjeros de especialistas en Ciencias de la Salud. (BOE-A-2023-7048)
Resolución de 2 de marzo de 2023, de la Dirección General de Ordenación Profesional, por la que se convocan las pruebas teórico-prácticas, para el reconocimiento de efectos profesionales a títulos extranjeros de especialistas en Ciencias de la Salud, obtenidos en Estados no miembros de la Unión Europea.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 65

Viernes 17 de marzo de 2023

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Desde el llamamiento hasta la finalización de la prueba, los teléfonos móviles,
dispositivos con capacidad de almacenamiento de información o posibilidad de
comunicación deberán permanecer apagados.
Sexto.
Para el control administrativo y desarrollo de las pruebas se constituirá una mesa
integrada por funcionarios designados por la Subdirección General de Formación
y Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad. La citada mesa será la encargada
de realizar el llamamiento de los aspirantes y del control de acceso previsto resuelve
quinto.
Séptimo.
En la página web del Ministerio de Sanidad, se publicará la relación de respuestas
válidas correspondientes a las preguntas de la primera parte de la prueba teóricopráctica de cada una de las especialidades, junto con el trámite para realizar posibles
impugnaciones a las mismas, en un plazo de tres días naturales desde el día siguiente al
de su publicación. Las reclamaciones serán remitidas a la Subdirección General
de Formación y Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad a través de la
siguiente dirección de correo electrónico: convocatoriaextracom@sanidad.gob.es.
Estas reclamaciones, tras su revisión, serán estimadas o desestimadas por el comité
de evaluación, que anulará o sustituirá las respuestas que, en su caso, considere
necesarias y determinará las de reserva que sustituyan a las anuladas, si las hubiere.
Se publicarán en la página web del Ministerio de Sanidad, las plantillas definitivas de
respuestas válidas de la primera parte de la prueba teórico-práctica. Con esta
publicación se tendrán por resueltas las impugnaciones formuladas a las plantillas
provisionales.
Una vez ratificadas las respuestas correctas, conforme a lo establecido en el
resuelve segundo de la Resolución de 4 de noviembre de 2022, de la Dirección General
de Ordenación Profesional, el comité de evaluación procederá a calificar las pruebas y
evaluar a los aspirantes como aptos y no aptos.
Para ser declarado apto será necesario que el aspirante haya superado cada una de
las partes que componen la prueba teórico-práctica que, a estos efectos, será objeto de
evaluación independiente. Por lo que aquellos aspirantes que obtengan la calificación de
no apto en la primera parte de la prueba teórico-práctica, no serán calificados de la
segunda parte.
Octavo.

a) Informe-propuesta positivo: se emitirá dicho informe cuando el aspirante haya
obtenido la calificación final de la prueba como «apto», continuando el procedimiento
determinando el comité de evaluación los términos en los que se realizará el periodo de
ejercicio profesional en prácticas, según lo previsto en el artículo 10 del Real
Decreto 459/2010, de 16 de abril, y dando traslado del correspondiente informepropuesta a la Subdirección General de Formación y Ordenación Profesional
del Ministerio de Sanidad para que se articule el correspondiente periodo de ejercicio
profesional en prácticas en colaboración con las comunidades autónomas.
b) Informe-propuesta negativo: se emitirá dicho informe cuando el aspirante haya
obtenido la calificación final de la prueba como «no apto». Dicho informe-propuesta,
impedirá que prosiga el procedimiento, por lo que se trasladará a la Subdirección
General de Formación y Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad, para que
continúe el procedimiento en los términos previstos en el artículo 14 del Real
Decreto 459/2010, de 16 de abril.

cve: BOE-A-2023-7048
Verificable en https://www.boe.es

Concluida la calificación final de las pruebas, el comité de evaluación formulará uno
de los siguientes informes-propuesta: