III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-7039)
Resolución de 13 de marzo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Agencia EFE, SAU, S.M.E., y el Centro Sefarad-Israel, para la organización de actividades conjuntas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 65

Viernes 17 de marzo de 2023
Segunda.

Sec. III. Pág. 40568

Contenido.

Las partes firmantes del presente convenio, dentro de su ámbito de actuación,
muestran, desde este momento, su mejor disposición a favorecer la consecución de
acciones conjuntas entre la Agencia EFE y Centro Sefarad-Israel.
Centro Sefarad-Israel, en reconocimiento por la colaboración recibida se compromete a:
1. Proponer a la Agencia EFE su colaboración o participación en las actividades
que considere que puedan ser de su interés a través de la moderación o participación de
sus periodistas o representantes institucionales.
2. La mención de la colaboración y participación de la Agencia EFE en aquellas
actividades en las que Agencia EFE participe a través de la moderación o participación
de sus periodistas o representantes institucionales.
3. Aportar toda la información sobre las actividades que realice en su sede o en
otros espacios a la Agencia EFE.
4. Facilitar entrevistas y/o declaraciones de los invitados que Agencia EFE
considere de su interés y que pasen por las actividades organizadas por Centro SefaradIsrael.
5. Suministrar la información que Agencia EFE requiera y que esté entre las
posibilidades del Centro Sefarad-Israel para la elaboración de informaciones relacionadas
con la cultura judía.
6. Proponer a la Agencia EFE su colaboración o participación en los debates y
coloquios que organice el Centro Sefarad-Israel y que considere Agencia EFE que
puedan ser de su interés, mediante la participación de sus periodistas o representantes
institucionales en los coloquios y moderación de debates.
Agencia EFE, en reconocimiento por la colaboración recibida se compromete a:
1. Difundir las actividades o contenidos generados por el Centro Sefarad-Israel que
considere que puedan ser de interés para sus públicos.
2. Difundir las actividades en las que participe, a través de la moderación o
participación de sus periodistas o representantes institucionales
3. Recibir y valorar las sugerencias recibidas por parte del Centro Sefarad-Israel
para su posible difusión y publicación.
El presente convenio no conlleva traspaso alguno de aportación económica entre
la Agencia EFE y Centro Sefarad-Israel, quedando obligada cada una a financiar
respectivamente la ejecución de las actividades que deban llevar a cabo conforme a la
estipulación segunda de este convenio y a lo que pudiera establecerse en futuras
adendas al mismo.
Comisión de seguimiento.

Ambas partes acuerdan constituir una comisión mixta, integrada por dos representantes
de cada entidad, para supervisar y analizar las actividades y colaboración en el marco de
este convenio.
Dicha Comisión actuará como órgano de seguimiento de la ejecución del convenio,
se reunirá periódicamente a propuesta de una o varias partes con el fin de mantenerse
permanentemente informadas y realizar el seguimiento de los compromisos asumidos
mediante este convenio, así como impulsar la adopción de medidas y acciones que
consideren necesarias para el eficaz cumplimiento de los objetivos comunes perseguidos
y se encargará de resolver, en primera instancia, las eventuales controversias que
pudieran surgir en su interpretación y ejecución.

cve: BOE-A-2023-7039
Verificable en https://www.boe.es

Tercera.