III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Transportes terrestres. (BOE-A-2023-7033)
Resolución de 13 de marzo de 2023, de la Dirección General de Transporte Terrestre, por la que se anuncia la entrada en funcionamiento del Registro de Comunicaciones de los Servicios de Arrendamiento de Vehículos con Conductor.
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 65

Viernes 17 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 40526

Dado el carácter crítico del Registro VTC para el adecuado control de los servicios de
VTC es necesario y urgente aprobar una nueva resolución ajustada a los límites
marcados por la decisión judicial.
Por tanto, en aras de la máxima seguridad jurídica,
Esta Dirección General ha resuelto:
Primero. Fecha de entrada en funcionamiento del Registro de Comunicaciones de los
Servicios de Arrendamiento de Vehículos con Conductor.
En ejecución de lo que se establece en la disposición transitoria primera del Real
Decreto 785/2021, sobre el control de la explotación de las autorizaciones de
arrendamiento de vehículos con conductor, se anuncia que el sistema informático de
gestión del Registro de Comunicaciones de los Servicios de Arrendamiento de Vehículos
con Conductor (en adelante, RVTC), se encontrará operativo en la sede electrónica del
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana desde el día siguiente de la
publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
En cumplimiento de lo que en dicha disposición se determina, los titulares de
autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor deberán comunicar al
RVTC los datos relativos a cualquier servicio que les sea demandado a partir de ese
momento.
Segundo.

Interposición de recurso.

De conformidad con lo previsto en el artículo 45.2, en relación con el artículo 40.2
y 40.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Publicas, esta resolución no pone fin a la vía administrativa. Contra
la misma, se podrá interponer, a través de la sede electrónica del Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, recurso de alzada ante la Secretaría General
de Transportes, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de esta
resolución en el «Boletín Oficial del Estado»

cve: BOE-A-2023-7033
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 13 de marzo de 2023.–El Director General de Transporte Terrestre, Jaime
Moreno García-Cano.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X