III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Convenios. (BOE-A-2023-7043)
Resolución de 10 de marzo de 2023, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Protocolo General de Actuación en materia de impulso y apoyo al proceso de fusión de los Ayuntamientos de Don Benito y Villanueva de la Serena (Badajoz).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 65

Viernes 17 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 40601

Con la creación de la nueva ciudad aflorará el primer polo industrial de Extremadura,
con un sector en auge y tractor del incremento exponencial de las exportaciones,
principalmente en el sector agroalimentario.
El Área Urbana Funcional de la nueva ciudad se convertiría el primer polo en el
sector agricultura y ganadería con un 19,7 % del valor agregado provincial y también en
el primer polo industrial provincial con un 8,1 % del valor agregado provincial. También
pasaría a ser el segundo gran núcleo comercial de la Provincia de Badajoz con un 16 %
del valor agregado, sólo superado por Badajoz (24,5 %).
Por ello, para movilizar todas las producciones y atraer inversiones empresariales
foráneas que ya están interesadas en asentarse en esta zona, el MITMA declara su
intención de llevar a cabo la electrificación de la línea ferroviaria Ciudad Real
(Puertollano) - Mérida que dará un impulso decisivo a la actividad económica de la zona
y será una pieza fundamental para el Área Logística que se instale en el nuevo municipio
como infraestructura de servicio a la misma.
Asimismo, y como consecuencia de los cambios derivados de la fusión en curso, el
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA) declara su intención de
proceder al estudio y valoración de la viabilidad de la implantación de una nueva
estación de ferrocarril en el nuevo término municipal.
Ministerio de Cultura y Deporte.
Respecto a la Ciudad Deportiva, el Ministerio de Cultura y Deporte, a través del
Consejo Superior de Deportes, declara su intención de prestar asesoría técnica, sin
perjuicio de las competencias municipales en materia de promoción del deporte e
instalaciones deportivas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 25.2 l) de la LBRL.
Las administraciones firmantes del presente Protocolo General declaran su intención
de financiar, siempre y cuando esté previsto en los presupuestos generales del Estado y
exista el correspondiente crédito presupuestario, el diseño, redacción del proyecto y
licitación de las obras de construcción de las nuevas instalaciones deportivas.
Ministerio de Justicia.
Respecto del Ministerio de Justicia con relación a la adecuación de la planta judicial
por la fusión de los municipios de Don Benito y de Villanueva de la Serena, el mismo
declara su intención de:
a)
impulsar y promover las reformas legislativas precisas para adecuar la
organización judicial en cuanto a supresión de los partidos judiciales de Don Benito y de
Villanueva de la Serena, y para la creación del nuevo partido judicial resultante tras la
fusión de ambos municipios. Y ello, conforme al mandato legal contenido en los
apartados 1 y 5 del artículo 35 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder
Judicial y el artículo 4.3 c) de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de
Plante Judicial, estableciendo que:

Ello supondría la creación de un partido judicial nuevo, paso previo para la
implantación de Juzgados de Primera Instancia e Instrucción o en su caso Tribunal de
Instancia, tras la fusión de los dos municipios, lo que debe de realizarse necesariamente
mediante ley.
Por su parte, la capitalidad del nuevo partido judicial se determinará mediante ley de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, según lo dispuesto en los apartados 4 y 5 del

cve: BOE-A-2023-7043
Verificable en https://www.boe.es

«Cuando se incorporen o fusionen dos o más municipios pertenecientes a distintos
partidos judiciales, el municipio resultante se integrará en el partido judicial al que
correspondía el municipio que tuviera mayor población de derecho entre los afectados.»