III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Convenios. (BOE-A-2023-7043)
Resolución de 10 de marzo de 2023, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Protocolo General de Actuación en materia de impulso y apoyo al proceso de fusión de los Ayuntamientos de Don Benito y Villanueva de la Serena (Badajoz).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 65

Viernes 17 de marzo de 2023

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información mutua, colaboración, coordinación y respeto a los ámbitos competenciales
respectivos.
Además, para facilitar el proceso de fusión, la LBRL en el artículo 13.5, encomienda
a las Diputaciones provinciales o entidades equivalentes, en colaboración con la
Comunidad Autónoma, la coordinación y supervisión de la integración de los servicios
resultantes del proceso de fusión.
Por su parte, el artículo 55 de esta misma norma dispone que «para la efectiva
coordinación y eficacia administrativa, la Administración General del Estado, así como
las Administraciones autonómica y local, de acuerdo con el principio de lealtad
institucional, deberán en sus relaciones recíprocas:
e) Prestar, en el ámbito propio, la cooperación y asistencia activas que las otras
Administraciones pudieran precisar para el eficaz cumplimiento de sus tareas.»
VII. Resulta procedente, en consecuencia, que todas las Administraciones aúnen
sus mejores esfuerzos para impulsar y apoyar el proceso de fusión, por lo que, tras la
aprobación de la iniciativa de la fusión en consulta popular, procede la firma del presente
documento como instrumento a partir del cual se vaya implementando la hoja de ruta por
la que las distintas Administraciones afectadas ejerzan sus competencias para apoyar el
proceso del que resulte la fusión municipal de manera óptima.
VIII. Por tanto, este protocolo detalla las actuaciones en este sentido de las
diferentes Administraciones sin perjuicio de que se instrumenten con carácter vinculante
posteriormente, previo el cumplimiento de los trámites necesarios de conformidad con la
normativa vigente. En especial, corresponde a los Ayuntamientos de los municipios de
Don Benito y Villanueva de la Serena acordar su fusión mediante el correspondiente
convenio en los términos establecidos por la legislación que regula la materia,
procediendo a la inscripción del nuevo municipio en el Registro de Entidades Locales del
Ministerio de Política Territorial.
De acuerdo con lo hasta aquí expuesto, las partes firmantes se reconocen
mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente Protocolo General de
Actuación, con arreglo a las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera.

Objeto.

El presente Protocolo General de Actuación tiene por objeto establecer y articular un
espacio de colaboración entre la Administración General del Estado, la Junta de
Extremadura, la Diputación Provincial de Badajoz y los Ayuntamientos de Don Benito y
Villanueva de la Serena, para el impulso y desarrollo de los fines que son de interés
común para las partes en lo que se refiere a la ordenación e impulso de fusión entre
ambos municipios, así como la promoción de distintas medidas de apoyo e impulso a
este proceso y a las consecuencias derivadas del mismo.
Segunda.

Ámbitos de colaboración.

– El estudio de la aplicación de incentivos económicos, planes de cooperación local
y demás medidas de financiación de conformidad con lo estipulado por el artículo 13.4,
apartados a) a e) inclusive, de la LBRL.
– El estudio y planificación de mejoras en las comunicaciones entre los municipios
de Don Benito y Villanueva de la Serena al objeto de promover una mayor integración de
ambos cascos urbanos y su conexión, mediante medios de transporte sostenibles,
también con las entidades locales y pedanías dependientes. Igualmente, las relativas al
redimensionamiento de las vías de comunicación del nuevo municipio con el exterior.

cve: BOE-A-2023-7043
Verificable en https://www.boe.es

Los ámbitos en los que se centrará esta colaboración son los siguientes: