II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE JUSTICIA. Personal laboral. (BOE-A-2023-6984)
Orden JUS/259/2023, de 1 de marzo, por la que se convoca, en el marco de la estabilización de empleo temporal, proceso selectivo para ingreso por el sistema general de acceso libre como personal laboral fijo, en los grupos profesionales M3, M2, M1, G1, G2 y G3 sujetos al IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado, por el sistema de concurso derivado de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 17 de marzo de 2023

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organismo convocante, se indicarán los lugares en que se encuentren expuestas al
público las listas certificadas completas de personas aspirantes admitidas y excluidas,
señalándose un plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado
la exclusión u omisión y determinándose, en caso del sistema de concurso-oposición, el
lugar, fecha y hora de la realización del ejercicio de la oposición.
4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido
modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las
relaciones iniciales.
4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de
exclusión por causa imputable a las personas aspirantes.
5.

Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo IV
a esta convocatoria.
5.2 La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no
pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
5.3 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo
dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y
demás disposiciones vigentes.
5.4 Las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando
concurran las circunstancias previstas en el artículo 24 de la Ley 40/2015 citada en la
base anterior.
5.5 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará
por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos
sexos.
5.6 Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo del proceso selectivo, adoptando al
respecto las decisiones motivadas que estimen pertinentes.
5.7 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en el Ministerio de Justicia, c/ San Bernardo, 21, 28015 (Madrid), teléfonos 902007214,
918372295, dirección de correo electrónico procesos.selectivos@mjusticia.es.
5.8 Las referencias realizadas en la presente convocatoria al Tribunal deben
entenderse hechas a cada uno de los Tribunales que se puedan constituir. Podrá
nombrarse un Tribunal para los procesos correspondientes a cada grupo profesional, en
cada modalidad de acceso. Asimismo, un mismo Tribunal podrá nombrarse para los
procesos de varios grupos profesionales.
6. Desarrollo del proceso selectivo
6.1 Una vez hecha pública la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, las
personas admitidas dispondrán de un plazo de veinte días hábiles para presentar la
documentación acreditativa de los méritos que deseen que se les valore. Todo ello
atendiendo a los méritos que podrán ser alegados y que se recogen en el anexo I. La
duración de la fase de concurso vendrá determinada por la concurrencia de personas
aspirantes y el tiempo necesario por el Tribunal Calificador para la baremación de
méritos. En todo caso, el proceso selectivo deberá finalizar antes del 31 de diciembre
de 2024, conforme a lo previsto en la Ley 20/2021. Sin perjuicio de este plazo legal, el
resto de plazos fijados para el proceso selectivo podrán ser objeto de modificación, si
concurre causa objetiva que lo justifique, apreciada por el Ministerio de Justicia, oído el
Tribunal Calificador.
6.2 El Tribunal publicará, en los medios citados en la base 1.1, la relación de
personas aspirantes con la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con
indicación de la valoración obtenida en cada uno de los méritos y la puntuación total. Las
personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a partir del siguiente al

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