II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Personal laboral. (BOE-A-2023-6920)
Resolución de 28 de febrero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión de plazas de personal laboral fijo acogido al Convenio colectivo del personal laboral de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, en el marco de estabilización de empleo temporal.
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 16 de marzo de 2023

Sec. II.B. Pág. 38913

4.6 Cualquier alteración fraudulenta de los documentos presentados supondrá la
pérdida del derecho a poder ser contratado, quedando anuladas todas las actuaciones,
sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su
instancia o en la documentación aportada con ella.
4.7 Quienes tengan la condición de funcionarios/as de Organismos Internacionales
deberán acompañar a la solicitud las certificaciones de homologación.
4.8 El tratamiento de la información por medios electrónicos se ajustará a lo
establecido en el artículo 13 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y
del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo
que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y
por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos
Personales) y en el artículo 11 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
La Subdirección General de Personal e Inspección de Servicios del Ministerio de
Universidades (SGPIS) es responsable del tratamiento de esos datos. Los derechos de
protección de datos de las personas solicitantes se podrán ejercer dirigiéndose al
responsable del tratamiento por vía electrónica o presencialmente a través de la red de
oficinas de asistencia en materia de registros. En caso de incumplimiento del
responsable del tratamiento, los interesados podrán reclamar ante la Agencia Española
de Protección de Datos (AEPD), www.aepd.es.
5.

Admisión de aspirantes

5.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano convocante dictará
resolución, en el plazo máximo de un mes, por la que se declararan aprobadas las listas
de aspirantes admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el «Boletín
Oficial del Estado», en el Punto de Acceso General: www.administracion.gob.es; en la
página web del Ministerio de Universidades; se señalará un plazo de diez días hábiles,
contados a partir del día siguiente a su publicación, para presentar las pertinentes
alegaciones, de ser necesarias. Este plazo no podrá utilizarse, en ningún caso, para
añadir, completar o modificar la documentación aportada con la solicitud inicial.
5.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido modificaciones,
éstas se expondrán en el Punto de Acceso General: www.administracion.gob.es; así como en
la página web del Ministerio de Universidades: www.universidades.es.
6. Órgano de selección
6.1 La composición del Tribunal de este proceso selectivo figura en el anexo II de
esta convocatoria. Se publicará en la página web (https://www.universidades.gob.es/),
junto con la convocatoria, un breve currículum profesional de las personas que forman
parte del órgano de selección.
6.2 La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no
pudiendo ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie.
6.3 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo
dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y
demás disposiciones vigentes. Asimismo, el Órgano de Selección, de acuerdo con el
artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio
de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
6.4
Las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando
concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley citada en la base
anterior.
6.5 Toda información que afecte a la presente convocatoria y al desarrollo del
proceso selectivo estará disponible en el Punto de Acceso General: www.administracion.
gob.es y en la página web del Ministerio de Universidades: www.universidades.gob.es.

cve: BOE-A-2023-6920
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 64