III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Real Federación Española de Salvamento y Socorrismo. Estatutos. (BOE-A-2023-6946)
Resolución de 2 de marzo de 2023, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los estatutos de la Real Federación Española de Salvamento y Socorrismo.
25 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 64

Jueves 16 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 39051

cuando actúen fuera del territorio nacional, sin perjuicio de las competencias de las
federaciones de salvamento y socorrismo de ámbito autonómico.
Artículo 10.
La Real Federación Española de Salvamento y Socorrismo tiene su sede en Madrid,
en la Avenida de la Fuente Nueva, número 14, Nave 8-A (28703 San Sebastián de los
Reyes - Madrid), pudiéndose trasladar dentro del territorio nacional, previa aprobación de
la Asamblea General a propuesta de la Junta Directiva. En caso de que el traslado se
produzca dentro de la misma provincia, podrá ser aprobado por la Comisión delegada, a
propuesta de la Junta Directiva, y ratificado posteriormente por la Asamblea General.
Estructura orgánica
Artículo 11.
1. Los órganos superiores de gobierno y representación de la Real Federación
Española de Salvamento y Socorrismo, son:
– Asamblea General, en el seno de la cual se constituirá una Comisión delegada de
asistencia a la misma.
– Presidencia
Son órganos complementarios de los anteriores:
– La Junta Directiva
– Secretaría General
– Gerencia
2. Son órganos electivos, la Presidencia, la Asamblea General y su Comisión
delegada. Los restantes órganos, Junta Directiva, Secretaría General y Gerencia serán
libremente designados y revocados por la Presidencia.
Artículo 12.
La convocatoria de los órganos colegiados de gobierno de la Real Federación
Española de Salvamento y Socorrismo corresponde a la persona titular de la
Presidencia, en la forma y plazo que más adelante se indicarán.
La Comisión delegada establecerá un Reglamento para fijar los criterios que
permitan la convocatoria, reunión y toma de acuerdos de los órganos colegiados de
gobierno a través de los medios y sistemas electrónicos actuales o futuros: correo
electrónico, chat, videoconferencia, etc. En cualquier caso, los acuerdos tomados por
esta vía deberán ser ratificados en, al menos, una reunión ordinaria presencial anual.

Los acuerdos de los órganos superiores colegiados de gobierno y representación de
la Real Federación Española de Salvamento y Socorrismo se adoptarán por mayoría
simple de las personas asistentes, salvo en aquellos supuestos en los que se prevea
otra cosa por las leyes vigentes.
Responsabilidad de los órganos federativos
Artículo 14.
1. Con independencia de las responsabilidades penales, civiles y administrativas
que de forma general consagra el ordenamiento español, las personas y entidades
miembros de los diferentes órganos de la Real Federación Española de Salvamento y

cve: BOE-A-2023-6946
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 13.