II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-6928)
Resolución de 2 de marzo de 2023, conjunta de la Universidad Autónoma de Madrid y la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, por la que se convoca concurso de acceso a plazas vinculadas de cuerpos docentes universitarios.
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 64

Jueves 16 de marzo de 2023

Sec. II.B. Pág. 38932

al sentido del silencio, conforme a lo dispuesto en el artículo 24.3.b) de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre.
7.5 Contra la resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en
el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación o, en su caso,
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de conformidad con el artículo 46 de la
Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Octava. Documentación a presentar por los candidatos propuestos.
8.1 Los candidatos propuestos para la provisión de las plazas deberán presentar,
en los veinte días naturales siguientes al de concluir las actuaciones de la Comisión de
Acceso, en el Servicio de Personal Docente:
a) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico ni psíquico
que le incapacite para el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de
Universidad con plaza vinculada en institución sanitaria.
b) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración General del
Estado, Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas,
en virtud de expediente disciplinario, y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la
Función Pública.
c) Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de algún
Estado al que en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea
y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, deberán
acreditar, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.2 del Real
Decreto 543/2001, de 18 de mayo, y 56.1.d) del Texto Refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, no haber sido objeto de sanción disciplinaria o condena
penal que impidan, en su Estado, el acceso al empleo público.
8.2 Quien tuviera la condición de funcionario público de carrera en activo estará
exento de justificar tales documentos y requisitos, debiendo presentar certificación del
Ministerio u Organismo del que dependan, que acredite su condición de funcionario y
cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.
Novena.

Nombramiento y toma de posesión.

Décima. Recursos.
La presente resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá
interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que
la ha dictado, en el plazo de un mes o bien recurso contencioso-administrativo, en el
plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid,
ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial
del Estado», de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la

cve: BOE-A-2023-6928
Verificable en https://www.boe.es

El nombramiento como funcionario docente de carrera será efectuado por resolución
conjunta del Rectorado y de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid,
después de que el candidato propuesto haya dado cumplimiento a los requisitos y plazos
establecidos en la norma anterior. El nombramiento especificará la denominación de la
plaza: Cuerpo, Área de Conocimiento y Departamento. Este nombramiento será
publicado en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de la Comunidad de
Madrid», y comunicado a la Secretaría General del Consejo de Universidades.
En el plazo máximo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a la
publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», el candidato propuesto
deberá tomar posesión de su plaza, momento en el que adquirirá la condición de
funcionario docente universitario del Cuerpo de que se trate, en plaza vinculada con
Institución sanitaria.