III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2023-6858)
Resolución 420/38093/2023, de 7 de marzo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Grupo San Valero, para ampliar la formación, mejorar la empleabilidad y facilitar la incorporación socio laboral del personal militar y reservistas de especial disponibilidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 63
Miércoles 15 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 38511
comisión mixta de seguimiento a propuesta de las partes. El cumplimiento y la resolución
del convenio darán lugar a su liquidación con el objeto de determinar las obligaciones y
compromisos de cada una de las partes.
En los supuestos de extinción, se comunicará esta por escrito a la otra parte con una
antelación mínima de 6 meses, y se realizará un informe de las actuaciones realizadas
hasta la fecha.
No se prevé la posible indemnización por incumplimiento de las obligaciones y
compromisos, tras la resolución a que hubiere lugar.
Las partes firmantes colaborarán en todo momento, de acuerdo con los principios de
buena fe y eficacia, para asegurar la correcta ejecución de lo convenido.
cve: BOE-A-2023-6858
Verificable en https://www.boe.es
Y para que así conste y en prueba de conformidad con cuanto antecede, firman el
presente convenio, en dos ejemplares originales, igualmente válidos, en lugar y fecha
arriba indicados.–Por el Ministerio de Defensa, la Subsecretaria de Defensa, Adoración
Mateos Tejada.–Por el Grupo San Valero, el Director General, César Pedro Romero
Tierno.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 63
Miércoles 15 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 38511
comisión mixta de seguimiento a propuesta de las partes. El cumplimiento y la resolución
del convenio darán lugar a su liquidación con el objeto de determinar las obligaciones y
compromisos de cada una de las partes.
En los supuestos de extinción, se comunicará esta por escrito a la otra parte con una
antelación mínima de 6 meses, y se realizará un informe de las actuaciones realizadas
hasta la fecha.
No se prevé la posible indemnización por incumplimiento de las obligaciones y
compromisos, tras la resolución a que hubiere lugar.
Las partes firmantes colaborarán en todo momento, de acuerdo con los principios de
buena fe y eficacia, para asegurar la correcta ejecución de lo convenido.
cve: BOE-A-2023-6858
Verificable en https://www.boe.es
Y para que así conste y en prueba de conformidad con cuanto antecede, firman el
presente convenio, en dos ejemplares originales, igualmente válidos, en lugar y fecha
arriba indicados.–Por el Ministerio de Defensa, la Subsecretaria de Defensa, Adoración
Mateos Tejada.–Por el Grupo San Valero, el Director General, César Pedro Romero
Tierno.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X