III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2023-6862)
Resolución de 24 de febrero de 2023, del Consorcio de la Ciudad de Toledo, por la que se publica el Convenio con don Daniel Cano Holer.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 63

Miércoles 15 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 38521

Ambas partes se reconocen mutua competencia y plena capacidad legal para
suscribir el presente convenio y a tal efecto
MANIFIESTAN
Primero.
Que el Consorcio es una entidad de las previstas en el artículo 2 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en concreto del sector público
institucional.
Que el Consorcio actúa de acuerdo con las competencias que sus Estatutos le
atribuyen, como ente de gestión del Real Patronato de la Ciudad de Toledo, constituido
por Real Decreto 1424/1998, de 3 de julio, y de conformidad con las funciones que las
administraciones consorciadas le encomiendan, todo ello dentro del marco estipulado en
el artículo 4 de los Estatutos del Consorcio, aprobados por Consejo de Administración de
fecha 13 de diciembre de 2018 y publicados en el BOE con fecha 24 de diciembre
de 2018.
Segundo.
Que el Consorcio, en cumplimiento de sus fines estatutarios, promueve, impulsa y
financia manifestaciones de ámbito cultural que tienen lugar en Toledo. Esta política de
apoyo se inscribe dentro de los principales objetivos de la institución, ya que el
Consorcio es el órgano de gestión del Real Patronato, con carácter público, con
personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, creado para buscar la
recuperación patrimonial de la ciudad, la difusión de los valores que simboliza, así como
para el desarrollo y potenciación de las actividades culturales y turísticas vinculadas a la
misma.
Tercero.
Que desde el año 2004, el Consorcio viene desarrollando un programa de visitas
guiadas y gratuitas llamado «Patrimonio Desconocido» que tiene por objeto inmuebles
que han sido rehabilitados por el Consorcio, y cuyo centro de gestión está situado en las
termas de la plaza de Amador de los Ríos.
Cuarto.
Que un gran número de guías tienen interés en participar en un proyecto
diferenciado que permita a la ciudadanía acceder a determinados inmuebles de la ciudad
que el Consorcio ha recuperado y ha puesto en valor.
Quinto.

cve: BOE-A-2023-6862
Verificable en https://www.boe.es

Que el Consorcio y don Daniel Cano Holer, coincidentes en sus deseos y fines
culturales y sociales deciden establecer un convenio.