III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-6854)
Resolución de 23 de febrero de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Castropol, por la que se suspende la inscripción de un acta de final de obra por falta de liquidación de impuestos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 63

Miércoles 15 de marzo de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
6854

Resolución de 23 de febrero de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador de la propiedad de Castropol, por la que se suspende la
inscripción de un acta de final de obra por falta de liquidación de impuestos.

En el recurso interpuesto por la notaria de Castropol, doña Shadia Nasser García,
contra la nota de calificación del registrador de la Propiedad de Castropol, don Ignacio
Constantino Madrid Bergillos, por la que se suspende la inscripción de un acta de final de
obra por falta de liquidación de impuestos.
Hechos
I
Se autorizó, el día 3 de noviembre de 2022, por doña Shadia Nasser García, notaria
de Castropol, con el número 989 de protocolo, un acta de finalización de obra.
II
Presentada dicha acta en el Registro de la Propiedad de Castropol, fue objeto de la
siguiente nota de calificación:
«Calificado por Ignacio Madrid Bergillos, Registrador de la Propiedad de Castropol,
Provincia de Asturias, el documento al que se hace referencia en el Hecho I de esta nota
y tras examinar los antecedentes del Registro, resultan los siguientes:
Hechos
I. El título objeto de la presente calificación fue autorizado en Castropol por Doña
Shadia Nasser García, Notario del Ilustre Colegio de Asturias, el día tres de noviembre
de dos mil veintidós, número de protocolo 989 y presentada el día quince de noviembre
de dos mil veintós [sic], con número de asiento de presentación 834 del diario 48.
II. Se suspende la calificación, inscripción u operación solicitada, en base a los
siguientes

1. Se solicita la inscripción de los derechos derivados de un acta de finalización de
obra otorgada por J. F.G. sobre la finca registral 18.122 de Tapia de Casariego,
2. Motivando causa de suspensión, no consta la correspondiente liquidación del
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y ello con
base a los artículos 254 de la Ley Hipotecaria, cuyo apartado I señala que: “Ninguna
inscripción se hará en el Registro de la Propiedad sin que se acredite previamente el
pago de los impuestos establecidos o que se establecieren por las leyes, si los
devengare el acto o contrato que se pretenda inscribir,” y 255 del mismo texto legal, cuyo
apartado I señala: “No obstante lo previsto en el artículo anterior, podrá extenderse el
asiento de presentación antes de que se verifique el pago del impuesto; mas en tal caso
se suspenderá la calificación y la inscripción u operación solicitada y se devolverá el
título al que lo haya presentado, a fin de que se satisfaga dicho impuesto.''

cve: BOE-A-2023-6854
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