III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2023-6871)
Resolución de 13 de marzo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Cultura y Deporte, el Ministerio de Hacienda y Función Pública, la Generalitat de Catalunya, el Patronato de la Montaña de Montserrat, la Abadía de Montserrat y la Fundación Abadía de Montserrat 2025, para la creación de la Comisión Interadministrativa del Acontecimiento de Excepcional Interés Público "Plan Decenio Milliarium Montserrat 1025-2025".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 63

Miércoles 15 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 38553

forma telemática, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Quinta.

Composición de la Comisión Interadministrativa.

Formarán parte de la Comisión Interadministrativa:
a) El Presidente de la Comisión, que será el RVdm. P. Manel Gasch i Hurios, Abad
de Montserrat y Vicepresidente del Patronato de la Montaña de Montserrat.
b) Dos vocales en representación de la Administración General del Estado: uno en
representación del Ministerio de Hacienda y Función Pública, nombrado por la persona
titular de la Subsecretaría de dicho Ministerio; el segundo en representación del
Ministerio de Cultura y Deporte, nombrado por el Ministro.
c) Un vocal en representación de la Consejería de Cultura de la Generalitat de
Catalunya.
d) Un vocal en representación del Patronato de la Montaña de Montserrat,
nombrado por el Presidente de dicha entidad.
e) Un vocal en representación de la Abadía de Montserrat.
f) Un vocal en representación de la Fundación Abadía de Montserrat 2025, que
será su Director general.
g) La persona titular de la Secretaría de la Comisión, con voz y con voto, que será
nombrada por quien ostente la Presidencia de la Comisión Interadministrativa de entre el
resto de miembros.
El órgano competente para designar a los vocales también podrá designar a sus
suplentes para casos de vacante, ausencia, enfermedad o cualquier otra causa
justificada. Los suplentes se podrán designar por tiempo indefinido o para una sesión
determinada.
Podrá asistir a las reuniones de la Comisión, con voz pero sin voto, cualquier
persona que por su cualificación y/o experiencia el Presidente estime oportuno, en
función del orden del día a tratar.
Los miembros de la Comisión Interadministrativa actúan por razón del cargo
originario, no pudiendo percibir remuneración alguna en concepto de dietas por
asistencia a las reuniones de la Comisión. Tampoco podrán recibir remuneración alguna
las personas que asistan a las reuniones de la Comisión por indicación del Presidente.
El régimen de adopción de acuerdos de la Comisión Interadministrativa será por
mayoría simple de los miembros asistentes, si bien, en caso de empate, el Presidente
tendrá voto de calidad. Para la emisión de las certificaciones a que hace referencia el
artículo 27.2.b) de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, se requerirá el voto favorable del
representante del Ministerio de Hacienda y Función Pública.
Sexta.

Funciones de la Comisión Interadministrativa.

a) La aprobación de los planes y programas de actividades específicas que pueden
dar lugar a la aplicación de los beneficios fiscales previstos en la disposición adicional
septuagésima séptima de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre.
b) La aprobación del logotipo del acontecimiento de excepcional interés público
«Plan Decenio Milliarium Montserrat 1025-2025» y su manual de uso para el empleo,
con finalidad publicitaria, de los signos distintivos, denominativos, gráficos, etc., que
identifiquen al acontecimiento. Este manual se ajustará al «Manual de aplicación de los
beneficios fiscales previstos en el apartado primero del artículo 27.3 de la Ley 49/2002,
de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los
incentivos fiscales al mecenazgo, correspondientes a los gastos de propaganda y
publicidad de proyección plurianual, que sirvan para la promoción de los acontecimientos

cve: BOE-A-2023-6871
Verificable en https://www.boe.es

La Comisión tendrá las siguientes funciones: