III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-6875)
Resolución de 13 de marzo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y el Alto Comisionado para la Lucha contra la Pobreza Infantil, en materia de cesión de información para fines estadísticos y de colaboración.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 15 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 38576

Reconociéndose ambas partes la capacidad legal necesaria para formalizar el
presente convenio, realizan la siguiente
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I
La Agencia Estatal de Administración Tributaria es la entidad de derecho público
encargada, conforme al artículo 103.Uno.2 de la Ley 31/1990, en nombre y por cuenta
del Estado, de la aplicación efectiva del sistema tributario estatal y del aduanero y de
aquellos recursos de otras administraciones y entes públicos nacionales o de la Unión
Europea cuya gestión se le encomiende por ley o por convenio.
El Alto Comisionado para la Lucha contra la Pobreza Infantil es el órgano de la
Presidencia del Gobierno, con rango de Subsecretaría, y regulado en el Real
Decreto 136/2020, de 27 de enero, por el que se reestructura la Presidencia del
Gobierno, encargado de coordinar actuaciones dirigidas a luchar contra la desigualdad y
la pobreza infantil, para lo cual, y sin perjuicio de las que correspondan a los distintos
departamentos ministeriales, desarrolla las siguientes funciones:
a) Establecer instrumentos de planificación y seguimiento de políticas públicas
dirigidas a luchar contra la pobreza infantil.
b) Diseñar sistemas de evaluación del impacto de las decisiones políticas en la
desigualdad y la pobreza infantil.
c) Proponer a los departamentos ministeriales medidas e iniciativas en los ámbitos
de su competencia.
d) Elaborar análisis y estudios sobre desigualdad y pobreza infantil.
e) Impulsar la actuación de la Administración General del Estado en el ámbito de
sus competencias y establecer relaciones de colaboración y cooperación con otras
administraciones territoriales.
f) Analizar el estado de la protección de la infancia de acuerdo con la Convención
de los Derechos del Niño y demás acuerdos internacionales suscritos sobre la materia.
II
En el marco de colaboración mutua que debe presidir las relaciones entre las
Administraciones públicas y conforme al principio establecido en el artículo 140.1.c) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los
representantes de ambas partes consideran que sería beneficioso para el cumplimiento
de sus respectivos fines establecer un marco que regule el suministro estable y periódico
de información tributaria por parte de la Agencia Estatal de Administración Tributaria al
Alto Comisionado para la Lucha contra la Pobreza Infantil.
En el periodo 2018-2019, el Alto Comisionado para la Lucha contra la Pobreza
Infantil, la Agencia Estatal de Administración Tributaria y el Instituto Nacional de
Estadística avanzaron en la explotación de datos sobre la pobreza infantil y la creación
del mapa de la pobreza infantil en el territorio fiscal común.
Tras esas actuaciones, el Alto Comisionado para la Lucha contra la Pobreza Infantil
ha trasladado a la Agencia Estatal de Administración Tributaria su voluntad de continuar
la colaboración con el objeto de acceder a la actualización de los datos anuales de tasas
de pobreza infantil al máximo nivel de desagregación territorial posible, para realizar una
mejor planificación de las políticas públicas en la materia, pues los datos permitirán
identificar por ejemplo áreas con pobreza infantil intensa.
Por otra parte, el Alto Comisionado para la Lucha contra la Pobreza Infantil desearía
poder acceder a algún tipo de muestra de información que posibilite el diseño y
evaluación de decisiones políticas en el ámbito de la fiscalidad y/o prestaciones sociales
en la pobreza infantil. El análisis de esa información permitiría eventualmente la
publicación de estudios sobre la desigualdad en los términos que fijara con la Agencia

cve: BOE-A-2023-6875
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