III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Encomienda de gestión. (BOE-A-2023-6876)
Resolución de 13 de marzo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., para la aplicación de directrices científico-técnicas relativas al cumplimiento del principio de "no causar un perjuicio significativo al medio ambiente" en los proyectos del Plan para la mejora de la eficiencia y la sostenibilidad en regadíos_Fase I.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 63

Miércoles 15 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 38585

Teniendo en cuenta lo expresado anteriormente, ambas partes acuerdan la
suscripción del presente Acuerdo de encomienda de gestión, de conformidad y con
sujeción a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
Mediante el presente acuerdo, el MAPA encomienda al CEBAS-CSIC la aplicación de
las Directrices científico-técnicas en algunos proyectos seleccionados y publicados en la
primera adenda al convenio con SEIASA Fase I con el fin de dar cumplimiento a la
aplicación de las medidas ambientales previstas en el anexo III del mencionado
convenio, incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España.
Segunda.

Actividades encomendadas al CSIC.

El CSIC-CEBAS asumirá la aplicación de las siguientes Directrices científico-técnicas
en los proyectos de la Fase I del Plan para la mejora de la eficiencia y la sostenibilidad
en regadíos que requieran de dicha aplicación, siempre atendiendo a las especificidades
técnicas de los proyectos:
a) Directrices científico-técnicas para establecimiento de sistemas de
monitorización por sensores del contenido de humedad del suelo, mediante la medida
del contenido volumétrico y/o potencial matricial del agua en el suelo (sensores y unidad
de telecontrol), en relación con: requisitos de viabilidad para su inclusión en los
proyectos y parámetros a considerar (características del suelo, cultivos, etc.), diseño del
sistema a nivel de comunidad de regantes (distribución espacial de los elementos,
número mínimo de sensores, etc.), especificaciones técnicas de los equipos,
metodología de lectura e interpretación de los datos y su aplicación [adaptada al usuario
final (regante)].
b) Directrices científico-técnicas para el establecimiento de sistemas colectivos de
monitorización automática para el control y seguimiento de la calidad del agua de riego
(contenido en nutrientes, conductividad eléctrica y otros iones), de especial relevancia
con recursos hídricos no convencionales.
Se estudiarán al menos: los requisitos de viabilidad para su integración en los
proyectos y parámetros a considerar en su diseño, diseño del sistema a nivel de
comunidad de regantes (localización, tipo y número de secciones de control y sensores,
distribución espacial de los elementos en cada caso, etc.), especificaciones técnicas de
los equipos, lectura e interpretación de los datos y su aplicación [metodología adaptada
al usuario final (regante)].

1. Para la aplicación de las directrices científico-técnicas será necesario un análisis
técnico de cada tipo de obra objeto de esta encomienda, que forma parte de la primera
Adenda al Convenio entre MAPA y SEIASA sobre el Plan para la mejora de la eficiencia
y la sostenibilidad en regadíos Fase I.
2. El CSIC-CEBAS dispondrá, al menos, de un equipo de trabajo integrado por el
siguiente personal:
– Coordinador científico, que actuará como interlocutor entre el MAPA y el CSICCEBAS. Será el encargado del flujo de información y de la coordinación de la
elaboración de los documentos de aplicación de las directrices científico-técnicas
entregables por el CSIC para cada proyecto, participando así mismo en su redacción.
También, será responsable de coordinar las actuaciones encomendadas y de ajustar los
trabajos al calendario previsto.

cve: BOE-A-2023-6876
Verificable en https://www.boe.es

Tercera. Compromisos del CSIC-CEBAS.