III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Comunidad Autónoma del País Vasco. Convenio. (BOE-A-2023-6869)
Resolución de 13 de marzo de 2023, de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma del País Vasco, para establecer un marco de cooperación en materia de propiedad industrial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 63

Miércoles 15 de marzo de 2023

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será hasta la finalización del año en curso. La extinción anticipada no generará derechos
indemnizatorios entre las partes.
Undécima.

Eficacia y vigencia del Convenio.

El Convenio se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes y
resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, en el plazo de cinco días hábiles
desde su formalización, sin perjuicio de su posterior publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» en el plazo de diez días hábiles desde su formalización según establece el
artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El presente Convenio se circunscribe exclusivamente a la realización de las
actividades que se especifican en el mismo y tendrá una vigencia de cuatro años.
En cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto los firmantes podrán
acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales.

cve: BOE-A-2023-6869
Verificable en https://www.boe.es

Habiendo leído el presente Convenio, y en prueba de conformidad, se firma por las
partes, en dos ejemplares a un solo efecto, en el lugar y fecha al comienzo indicados.–
Por la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., la Directora, Aida Fernández
González.–Por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, la
Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, María Aranzazu
Tapia Otaegui.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X