I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE DEFENSA. Familia Real. (BOE-A-2023-6731)
Real Decreto 173/2023, de 14 de marzo, por el que se regula la formación y carrera militar de Su Alteza Real la Princesa de Asturias, doña Leonor de Borbón y Ortiz.
4 páginas totales
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 63
Miércoles 15 de marzo de 2023
Sec. I. Pág. 37908
teniendo en cuenta las exigencias constitucionales de su alta representación y su
condición de Heredera de la Corona de España.
De igual modo, esta norma garantiza la seguridad jurídica y es adecuada al principio
de transparencia, al ejercerse de manera coherente con el resto del ordenamiento
jurídico nacional y definir claramente sus objetivos.
Respecto al principio de eficiencia, la norma se adecúa al mismo, ya que no afecta a
las cargas administrativas, ni tiene incidencia en la gestión de los recursos públicos.
Este real decreto cuenta con el informe favorable de la Casa de Su Majestad el Rey y
se dicta con arreglo a lo previsto en el artículo 149.1.4.ª de la Constitución Española, que
atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre Defensa y Fuerzas Armadas.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Defensa, de acuerdo con el Consejo de
Estado, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 14 de marzo
de 2023,
DISPONGO:
Artículo 1.
Objeto.
El objeto del real decreto es regular la formación y carrera militar de Su Alteza Real
la Princesa de Asturias doña Leonor de Borbón y Ortiz, teniendo en cuenta las
exigencias que su alta representación demanda y las circunstancias que concurren en su
persona como Heredera de la Corona de España, perteneciendo simultáneamente al
Ejército de Tierra, a la Armada y al Ejército del Aire y del Espacio.
Artículo 2. Formación militar y concesión de empleos eventuales.
Artículo 3.
Finalización de la formación militar.
La realización de la formación militar conllevará la concesión a Su Alteza Real la
Princesa de Asturias de los empleos de Teniente del Cuerpo General del Ejército de
Tierra, especialidad fundamental Infantería, Alférez de Navío del Cuerpo General de la
Armada y Teniente del Cuerpo General del Ejército del Aire y del Espacio, empleos que
son los primeros de las respectivas escalas de oficiales.
cve: BOE-A-2023-6731
Verificable en https://www.boe.es
1. La formación militar de Su Alteza Real la Princesa de Asturias comprenderá tres
cursos académicos que se desarrollarán sucesivamente en la Academia General Militar,
Escuela Naval Militar y Academia General del Aire. El acceso a la formación militar de los
distintos centros docentes militares de formación se llevará a cabo teniendo en cuenta
las exigencias de su alta representación y su condición de Heredera de la Corona
de España.
2. Se incorporará a la Academia General Militar como Dama Cadete en el curso
académico 2023-2024. Iniciará el curso con los alumnos de primero hasta la Jura de
Bandera. Tras la Jura de Bandera pasará a integrarse con los alumnos de segundo
curso. Al finalizar el curso será nombrada Alférez Alumna.
3. Se incorporará a la Escuela Naval Militar como Guardiamarina de Primero,
siendo su fecha de inicio la del curso académico 2024-2025, integrándose en la
promoción que inicie sus estudios en el tercer curso. Al finalizar el curso será nombrada
Guardiamarina de Segundo.
4. Se incorporará a la Academia General del Aire como Alférez Alumna, siendo su
fecha de inicio la del curso académico 2025-2026, integrándose en la promoción que
inicie sus estudios en el cuarto curso.
5. Una vez finalizados los estudios del curso académico 2025-2026 se le concederá
el empleo de Alférez de Fragata Alumna.
6. Los nombramientos de ingreso en las distintas academias militares y concesión
de los empleos eventuales correspondientes se efectuarán por real decreto.
Núm. 63
Miércoles 15 de marzo de 2023
Sec. I. Pág. 37908
teniendo en cuenta las exigencias constitucionales de su alta representación y su
condición de Heredera de la Corona de España.
De igual modo, esta norma garantiza la seguridad jurídica y es adecuada al principio
de transparencia, al ejercerse de manera coherente con el resto del ordenamiento
jurídico nacional y definir claramente sus objetivos.
Respecto al principio de eficiencia, la norma se adecúa al mismo, ya que no afecta a
las cargas administrativas, ni tiene incidencia en la gestión de los recursos públicos.
Este real decreto cuenta con el informe favorable de la Casa de Su Majestad el Rey y
se dicta con arreglo a lo previsto en el artículo 149.1.4.ª de la Constitución Española, que
atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre Defensa y Fuerzas Armadas.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Defensa, de acuerdo con el Consejo de
Estado, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 14 de marzo
de 2023,
DISPONGO:
Artículo 1.
Objeto.
El objeto del real decreto es regular la formación y carrera militar de Su Alteza Real
la Princesa de Asturias doña Leonor de Borbón y Ortiz, teniendo en cuenta las
exigencias que su alta representación demanda y las circunstancias que concurren en su
persona como Heredera de la Corona de España, perteneciendo simultáneamente al
Ejército de Tierra, a la Armada y al Ejército del Aire y del Espacio.
Artículo 2. Formación militar y concesión de empleos eventuales.
Artículo 3.
Finalización de la formación militar.
La realización de la formación militar conllevará la concesión a Su Alteza Real la
Princesa de Asturias de los empleos de Teniente del Cuerpo General del Ejército de
Tierra, especialidad fundamental Infantería, Alférez de Navío del Cuerpo General de la
Armada y Teniente del Cuerpo General del Ejército del Aire y del Espacio, empleos que
son los primeros de las respectivas escalas de oficiales.
cve: BOE-A-2023-6731
Verificable en https://www.boe.es
1. La formación militar de Su Alteza Real la Princesa de Asturias comprenderá tres
cursos académicos que se desarrollarán sucesivamente en la Academia General Militar,
Escuela Naval Militar y Academia General del Aire. El acceso a la formación militar de los
distintos centros docentes militares de formación se llevará a cabo teniendo en cuenta
las exigencias de su alta representación y su condición de Heredera de la Corona
de España.
2. Se incorporará a la Academia General Militar como Dama Cadete en el curso
académico 2023-2024. Iniciará el curso con los alumnos de primero hasta la Jura de
Bandera. Tras la Jura de Bandera pasará a integrarse con los alumnos de segundo
curso. Al finalizar el curso será nombrada Alférez Alumna.
3. Se incorporará a la Escuela Naval Militar como Guardiamarina de Primero,
siendo su fecha de inicio la del curso académico 2024-2025, integrándose en la
promoción que inicie sus estudios en el tercer curso. Al finalizar el curso será nombrada
Guardiamarina de Segundo.
4. Se incorporará a la Academia General del Aire como Alférez Alumna, siendo su
fecha de inicio la del curso académico 2025-2026, integrándose en la promoción que
inicie sus estudios en el cuarto curso.
5. Una vez finalizados los estudios del curso académico 2025-2026 se le concederá
el empleo de Alférez de Fragata Alumna.
6. Los nombramientos de ingreso en las distintas academias militares y concesión
de los empleos eventuales correspondientes se efectuarán por real decreto.