II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS. Funcionarios de los Subgrupos A1 y A2. (BOE-A-2023-6681)
Resolución de 7 de marzo de 2023, de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 62

Martes 14 de marzo de 2023

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participar en este concurso siempre que reúnan el resto de los requisitos de la
convocatoria.
4. Los funcionarios y funcionarias, aun perteneciendo a cuerpos o escalas de
determinados sectores afectados de exclusiones, podrán participar en aquellos puestos
que tengan clave de exclusión en la relación de puestos de trabajo, siempre y cuando se
les permita en virtud de alguna resolución o acuerdo de la Comisión Ejecutiva de la
Comisión Interministerial de Retribuciones (CECIR).
5. Los funcionarios de carrera de la Administración Autonómica podrán participar en
aquellos Cuerpos cuya clave de exclusión sea A1 (Administración del Estado y
Autonómica) y A3 (Administración del Estado, Autonómica y Local).
6. Los funcionarios de carrera de la Administración Local podrán participar en
aquellos puestos cuya clave de adscripción sea A2 (Administración del Estado y Local) y
A3 (Administración del Estado, Autonómica y Local).
7. Los funcionarios de carrera de otras Administraciones Públicas podrán participar
en aquellos puestos cuta clave de adscripción sea A4 (otras Administraciones Públicas).
8. El personal de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado podrá participar en
puestos cuya clave de adscripción sea A6.
Segunda.

Situaciones administrativas de los participantes.

1. De acuerdo con lo dispuesto en los apartados a) y c) del artículo 20.1 de la
Ley 30/1984, de 2 de agosto, introducido por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, así
como el artículo 41.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, podrán participar los
funcionarios y funcionarias comprendidos en la base primera, cualquiera que sea su
situación administrativa, excepto los suspensos en firme, mientras dure la suspensión,
siempre que reúnan las condiciones generales exigidas y los requisitos determinados en
la presente convocatoria en la fecha de finalización del plazo de presentación de las
solicitudes de participación. Estos requisitos habrán de mantenerse hasta la fecha de
toma de posesión en el puesto adjudicado.
2. Los funcionarios y funcionarias que pertenezcan a dos o más cuerpos o escalas
del mismo o distinto grupo solo podrán participar en el concurso desde uno de ellos. La
certificación de méritos deberá referirse a los requisitos y méritos correspondientes a
dicho cuerpo o escala.
3. Los funcionarios y funcionarias con destino definitivo, en servicios especiales o
en excedencia por cuidado de familiares, solo podrán participar si al término del plazo de
presentación de instancias han transcurrido dos años desde la toma de posesión del
último destino definitivo obtenido, salvo que se dé alguno de los supuestos siguientes:

4. Los funcionarios y funcionarias que hayan accedido a otro cuerpo o escala por
promoción interna o por integración y permanezcan en el mismo puesto de trabajo que
desempeñaban, se les computará el tiempo de servicios prestados en dicho puesto en el
cuerpo o escala de procedencia, a efectos de la permanencia de los dos años en destino
definitivo para poder concursar.
5. Deberán participar en el concurso aquellos funcionarios y funcionarias incluidos
en la base primera que tengan adscripción provisional en la Agencia Española de
Protección de Datos, si se convoca el puesto al que fueron adscritos o adscritas.
6. Los funcionarios y funcionarias en la situación administrativa de expectativa de
destino y excedencia forzosa tienen la obligación de participar, si así se les notifica, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29, apartados 5 y 6, del a Ley 30/1894, de 2 de
agosto, en su redacción dada por la Ley 22/1993, de 29 de diciembre.

cve: BOE-A-2023-6681
Verificable en https://www.boe.es

a) Que ocupen un puesto de trabajo en la Agencia, con carácter definitivo.
b) Que hayan sido removidos del puesto de trabajo obtenido por el procedimiento
de concurso o de libre designación.
c) Que haya sido suprimido el puesto de trabajo que venían desempeñando.