III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-6725)
Resolución de 3 de marzo de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Cobra Concesiones, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica La Lora I/II de 95,55 MW de potencia instalada y 99,937 MW de potencia pico y sus infraestructuras de evacuación, en Valle de Santibáñez (Burgos).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 14 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 37894

manifiesta conocedor de lo anterior, tomando las medidas oportunas en el momento
necesario.
Se ha recibido contestación de i-DE del Grupo Iberdrola indicando posibles
afecciones de la Instalación Solar Fotovoltaica «Lora I/II» a la LMT de 13 kV Santibáñez
de la STR Ubierna entre los apoyos 436 y el 446, y que se considerarían conformes si se
deja una franja libre de 8,25 m de anchura a cada lado del eje de la línea eléctrica como
se ha especificado. Cobra ha manifestado su conformidad con la contestación recibida
por parte de i-DE.
No se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Huérmeces, del Ayuntamiento
de Villadiego, de la Dirección General de Energía y Minas de la Consejería de Economía
y Hacienda de la Junta de Castilla y León, de Saeta Yield, SA, ni de Viesgo Distribución
Eléctrica, SL, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo
dispuesto en el artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
El Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Burgos emitió
informe en fecha 26 de junio de 2021, el cual fue complementado el 24 de septiembre
de 2021 y el 25 de octubre de 2021
Asimismo, se remitieron separatas de los anteproyectos y proyectos y del estudio de
impacto ambiental acompañadas de solicitudes de informe a los solos efectos de lo
establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, al Servicio
Territorial de Medio Ambiente de la Delegación Territorial de Burgos, a la Dirección
General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental de la Consejería de Fomento y Medio
Ambiente de la Junta de Castilla y León, a la Dirección General de Patrimonio Natural y
Política Forestal de Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y
León, al Servicio Territorial de Cultura y Turismo de Delegación Territorial de Burgos, a la
Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura y Turismo, S.G. del
Instituto del Patrimonio Cultural de España de la Dirección General de Bellas Artes del
Ministerio de Cultura y Deporte, a la Agencia de Protección Civil de la Consejería de
Fomento y Medio Ambiente, a la Subdelegación de Defensa en Burgos, a la Dirección
General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León, al
Servicio Territorial de Fomento de la Sección de Urbanismo y Ordenación del Territorio
de la Delegación Territorial de Burgos, a la Dirección General de Vivienda, Arquitectura y
Urbanismo de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y
León, a la Dirección General de Ordenación del Territorio y Planificación de Consejería
de Transparencia, Ordenación del Territorio y Acción Exterior de la Junta de Castilla y
León, a la Dirección General de Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura,
Ganadería y Desarrollo Rural de la Junta de Castilla y León, a la Subdelegación de
Gobierno en Burgos, a la Oficina Española de Cambio Climático del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a la Subdirección General del Economía
circular de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, a la Subdirección
General de Biodiversidad Terrestre y Marina de la Dirección General de Biodiversidad,
Bosques y Desertificación, a WWF/ADENA, a SEO Birdlife, a Ecologistas en Acción
Burgos, a la Sociedad Española para la Conservación y el Estudio de los Murciélagos
(SECEMU), a la Sociedad Española para la Conservación y el Estudio de los Mamíferos
(SECEM), a la Plataforma para Defensa de Cordillera Cantábrica y a la Asociación Mesa
Eólica Merindades de Burgos.
En virtud del artículo 42 de la ley 21/2013, de 9 de diciembre, el órgano sustantivo
debe tener debidamente en cuenta, para la autorización del proyecto, la evaluación de
impacto ambiental efectuada.
El proyecto de la instalación y su estudio de impacto ambiental han sido sometidos al
procedimiento de evaluación de impacto ambiental, habiendo sido formulada Declaración
de Impacto Ambiental (en adelante, DIA), concretada mediante Resolución de fecha 4 de
octubre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en la que se establecen
las condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y

cve: BOE-A-2023-6725
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Núm. 62