III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2023-6619)
Resolución de 7 de marzo de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y la Diputación Provincial de Sevilla, para la realización de obras en distintos acuartelamientos de la Guardia Civil en la provincia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 61

Lunes 13 de marzo de 2023
Segunda.

Sec. III. Pág. 37212

Contenido financiero.

En consonancia con las competencias de la Diputación Provincial, la acción
financiera de la misma se aplicará a la ejecución de obras en aquellos inmuebles
municipales cuyo uso haya sido cedido a la Guardia Civil y la propiedad del mismo
corresponda al ayuntamiento de la localidad que se concretan en el anexo I del presente
convenio, financiando la totalidad de la previsión de gasto incluida en el mismo, sin
posibilidad de ulteriores incrementos. La financiación de la Diputación Provincial de
Sevilla se aplicará en la ejecución de obras en los edificios que determine la Comisión
mixta del convenio, mediante certificación del Acta que suscriban la representación de
las partes y será de doscientos cincuenta mil euros (250.000 euros), con cargo al
Presupuesto del año 2022, aplicación presupuestaria 3101/13200/72000, en la que
existe crédito adecuado y suficiente para la financiación de que se trata.
En consonancia con las competencias de la Administración General de Estado y
concretamente del Ministerio del Interior, la acción financiera de la misma, por el mismo
importe de doscientos cincuenta mil euros (250.000 euros), se aplicará a la ejecución de
las obras que apruebe la Comisión mixta, preferentemente en acuartelamientos
propiedad del Estado.
La financiación del Ministerio de Interior a estas actuaciones previstas en el anexo II
será de doscientos cincuenta mil euros (250.000 euros), para el ejercicio
económico 2022, los cuales se abonarán con cargo a la aplicación
presupuestaria 16.04.132A.212 o 16.04.132A.630.02, en las que existe crédito adecuado
y suficiente para la financiación de que se trata, tal y como se detalla en el anexo II.
Tercera.

Ejecución material.

La Dirección General de la Guardia Civil, a través de sus órganos competentes,
asumirá la ejecución de todas las obras que hayan de abonarse con cargo a las
aportaciones económicas detalladas en la cláusula segunda.
Asimismo, asumirá, con cargo a las mencionadas aportaciones económicas, la
tramitación de los permisos, licencias y autorizaciones administrativas que en su caso
deban obtenerse, así como la dirección facultativa de las obras, siempre que sea
exigible.

La aportación de la Diputación Provincial de Sevilla, cuyo importe se establece en la
cláusula segunda, se efectuará en un solo pago, de acuerdo con el apartado 4 del
artículo 34 de la Ley General de Subvenciones que establece el pago anticipado, con
carácter previo a la justificación, como financiación necesaria para poder llevar a cabo
las actuaciones inherentes a la subvención.
El referido pago de 250.000,00 euros (100 % de la aportación) se efectuará con la
formalización del convenio, mediante ingreso en el Tesoro Público a favor del Ministerio
del Interior, una vez disponible el crédito al efecto y suscrito el presente convenio.
Realizado el ingreso en el Tesoro, éste generará crédito en los presupuestos de la
Dirección General de la Guardia Civil, conforme a lo establecido en el artículo 53 de la
Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
No se establece régimen alguno de garantía por formalizarse este convenio entre
Administraciones Públicas, conforme el artículo 42.2 del Real Decreto 887/2006, de 21
de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
Quinta.

Justificación.

El Ministerio del Interior, como beneficiario de la aportación económica de la
diputación para la finalidad prevista en la cláusula segunda, vendrá obligado a acreditar y

cve: BOE-A-2023-6619
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta. Régimen de transferencias y Garantías.