III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-6634)
Resolución de 27 de febrero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la Sentencia de 21 de febrero de 2023, de la Audiencia Nacional, relativa al Convenio colectivo general del sector de servicios de asistencia en tierra en aeropuertos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 61

Lunes 13 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 37315

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
6634

Resolución de 27 de febrero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se registra y publica la Sentencia de 21 de febrero de 2023, de la
Audiencia Nacional, relativa al Convenio colectivo general del sector de
servicios de asistencia en tierra en aeropuertos.

Visto el fallo de la Sentencia n.º 21/2023, de fecha 21 de febrero de 2023, dictada por
la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional en el procedimiento sobre impugnación de
Convenios n.º 367/2022, seguido por demanda de Somos Trabajadores, contra la
Asociación de Empresas de Servicios de Asistencia en Tierra en Aeropuertos (ASEATA),
Unión Sindical Obrera (USO), Federación de Servicios para la Ciudadanía de
Comisiones Obreras (CC.OO.), y la Unión General de Trabajadores (UGT),
Y teniendo en consideración los siguientes,
Antecedentes de hecho
Primero.
En fecha 27 de diciembre de 2019 se procedió a la inscripción en el Registro de
convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, con
funcionamiento a través de medios electrónicos de la Dirección General de Trabajo, del
IV Convenio colectivo general del sector de servicios de asistencia en tierra en
aeropuertos, que fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 13 de enero
de 2020.
Segundo.
El 23 de febrero de 2023 tuvo entrada en el registro general del Departamento la
sentencia antecitada de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, en cuyo fallo se
declara la nulidad parcial del IV Convenio colectivo general del sector de servicios de
asistencia en tierra en aeropuertos.
Fundamentos de Derecho
Primero.
De conformidad con lo establecido en el artículo 166.3 de la Ley 36/2011, de 10 de
octubre, reguladora de la jurisdicción social, cuando la sentencia sea anulatoria, en todo
o en parte, del convenio colectivo impugnado y éste hubiera sido publicado, también se
publicará en el boletín oficial en que aquél se hubiere insertado.

Primero.
Ordenar la inscripción de dicha Sentencia de la Audiencia Nacional dictada el día 21
de febrero de 2023, recaída en el procedimiento n.º 367/2022 y relativa al IV Convenio
colectivo general del sector de servicios de asistencia en tierra en aeropuertos, en el
correspondiente Registro de convenios, acuerdos colectivos de trabajo y planes de
igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo.

cve: BOE-A-2023-6634
Verificable en https://www.boe.es

En consecuencia, esta Dirección General de Trabajo resuelve: