II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Personal laboral. (BOE-A-2023-6486)
Resolución de 2 de marzo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión de personal laboral fijo, Titulado Superior y Titulado Medio, fuera de convenio, en el marco de estabilización de empleo temporal, en el Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 61

Lunes 13 de marzo de 2023

Sec. II.B. Pág. 36922

contrato o contratos de trabajo y certificación de vida laboral expedida por la Tesorería
General de la Seguridad Social en los demás casos. Cuando la experiencia profesional
se derive de la realización de un trabajo por cuenta propia, la copia auténtica del contrato
o de los contratos de trabajo exigidos en los demás casos se sustituirá por copia
auténtica del contrato o contratos de servicios que hubieran dado lugar a la experiencia
alegada.
En ningún caso, la suma de las puntuaciones obtenidas por los conceptos anteriores
podrá superar los 36 puntos de puntuación máxima de méritos profesionales.
Solo se podrán valorar los méritos que se tuvieran debidamente acreditados en la
fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La calificación de los/las aspirantes relativa a los méritos del concurso, se hará
mediante deliberación conjunta de los miembros del Tribunal, cada uno de los cuales
podrá adjudicar a cada aspirante una puntuación desde cero hasta la máxima. Dichas
calificaciones deberán justificarse individualmente por los miembros del Tribunal
mediante la formulación por escrito de un juicio razonado relativo a la valoración de cada
uno de los méritos antes relacionados. Los mencionados escritos de justificación se
unirán al acta correspondiente.
La puntuación correspondiente a este apartado será la media de las puntuaciones
asignadas por cada uno de los miembros del Tribunal, excluidas la puntuación más alta y
la más baja, y sin que en ningún caso pueda excluirse más de una máxima y de una
mínima.
Los servicios efectivos prestados en jornadas de carácter parcial o inferiores a la
completa se computarán de forma proporcional.
En el supuesto de que coincidan total o parcialmente en el tiempo períodos de
prestación de servicios efectivos susceptibles de valoración, solo se tendrá en cuenta
aquel que permita obtener una mayor puntuación, sin que pueda generarse doble
valoración por un mismo período de prestación.
Se adoptarán las medidas precisas para que las personas aspirantes con
discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de las personas aspirantes en
la realización de los ejercicios. En este sentido, para las personas aspirantes con
discapacidad que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones
posibles en tiempos y medios para su realización
b)

Méritos formativos: Máximo 4 puntos.

1. Cursos, seminarios o congresos (siempre que tengan una duración mínima de 15
horas) relacionados con las funciones de la plaza a la que se opta:
a.
b.

Forma de puntuación: 1 punto por cada curso, seminario o congreso.
Forma de acreditación: Copia autentica de los títulos o certificados.

2. Superación, en los últimos cinco años (a computar desde en la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes), de uno o más ejercicios integrantes
de los procesos selectivos convocados para el acceso a la misma clasificación
profesional a la que se pretende acceder: máximo de 2 puntos.
Forma de puntuación: 1 punto para cada proceso selectivo.

3. Tener otra titulación oficial superior o de igual nivel a la exigida en la
convocatoria, con un máximo de 2 puntos.
a. 1 punto por cada titulación
b. Forma de acreditación: Copia autentica de los títulos o certificados.
La calificación final vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas
en la fase de oposición y en la fase de concurso.

cve: BOE-A-2023-6486
Verificable en https://www.boe.es

a.