III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Encomienda de gestión. (BOE-A-2023-6644)
Resolución de 10 de febrero de 2023, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión a la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., en materia de subvenciones para el período 2023-2024.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 61

Lunes 13 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 37424

mediante la asignación objetiva e imparcial de los recursos disponibles; la organización y
gestión de la evaluación posterior de las actividades financiadas, y la verificación,
seguimiento y evaluación posterior de las actividades financiadas.
Es por ello, que el Real Decreto 1067/2015, de 27 de noviembre, vino a modificar el
Estatuto del entonces Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y
Alimentaria (INIA), aprobado por el Real Decreto 1951/2000, de 1 de diciembre, como
consecuencia de la integración en la AEI de las actividades de gestión y financiación de
la investigación que hasta ese momento desarrollaba el Instituto.
Segundo.
Por el Real Decreto 202/2021, de 30 de marzo, se crea, como Centro Nacional del
CSIC, el Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (en
adelante INIA-CSIC), integrado en la estructura de la Agencia Estatal Consejo Superior
de Investigaciones Científicas (CSIC), asumiendo las funciones de antiguo INIA.
Según lo establecido en el artículo 26 bis del Estatuto del CSIC, aprobado mediante
Real Decreto 1730/2007, de 21 de diciembre (y modificado por el indicado Real
Decreto 202/2021, de 30 de marzo), el INIA-CSIC «constituirá el centro de investigación
y servicios técnicos de referencia y soporte para la política agraria y alimentaria del
Gobierno y del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y del Ministerio de
Sanidad, en especial las dirigidas a la prevención de zoonosis, epizootías y
fitopatologías. Asimismo, ofrecerá soporte al Ministerio para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico en la política de protección del medio ambiente y en concreto, en lo
relativo a la evaluación de riesgos ambientales derivados tanto de agentes químicos
como biológicos, incluidos los organismos modificados genéticamente. El CSIC, a través
del INIA, promoverá la cooperación y coordinación de la investigación agraria y
alimentaria con las comunidades autónomas, en la Comisión Coordinadora de
Investigación Agraria».

La integración en la AEI de las actividades de gestión y financiación de la
investigación que venía desarrollando el antiguo INIA requería necesariamente un
periodo de transición debido a la existencia de una serie de convocatorias de ayudas en
fase de seguimiento que fueron iniciadas por el INIA y que se integraron en las
aplicaciones informáticas de ese centro.
Durante ese periodo y hasta que las ayudas afectadas finalicen su periodo de
seguimiento ha venido resultando necesario el apoyo material y técnico del INIA a la AEI,
de forma que no se produzcan retrasos ni dificultades en la gestión.
Para atender esa necesidad, se suscribieron sendas encomiendas de gestión entre
la AEI y el INIA en fechas 26 de septiembre de 2016, 21 de junio de 2017 y 14 de
noviembre de 2018 (esta última prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2022). Estas
encomiendas contemplaban el apoyo material y técnico del INIA en la gestión de las
ayudas, incluyendo el soporte informático.
En la fecha prevista de finalización de la encomienda actual, el 31 de diciembre
de 2022, se estima que continuará siendo necesario que el actual INIA-CSIC mantenga
su apoyo en materia de seguimiento científico-técnico y soporte informático durante los
próximos años.
Cuarto.
Por consideraciones de eficacia es conveniente que la AEI encomiende al CSIC, a
través del Centro Nacional INIA-CSIC, la realización de las actividades de carácter
material y técnico que se explicitan en la cláusula segunda relativas a los procedimientos
y materias mencionadas en la cláusula primera, de acuerdo con el artículo 11 de la

cve: BOE-A-2023-6644
Verificable en https://www.boe.es

Tercero.