I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Organización. (BOE-A-2023-6375)
Orden PCM/240/2023, de 9 de marzo, por la que se crea y regula el Comité Antifraude del Plan de Recuperación del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional y se determinan su composición y funciones.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 60
Sábado 11 de marzo de 2023
Sec. I. Pág. 36241
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA,
RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA
Orden PCM/240/2023, de 9 de marzo, por la que se crea y regula el Comité
Antifraude del Plan de Recuperación del Consejo de Administración del
Patrimonio Nacional y se determinan su composición y funciones.
El 21 de julio de 2020, el Consejo Europeo acordó un instrumento excepcional de
recuperación temporal para hacer frente a la crisis económica motivada por la pandemia,
conocido como Next Generation EU. El Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia
constituye el núcleo del Fondo de Recuperación Next Generation. En el marco del
referido Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia, el pasado 13 de julio de 2021,
las instituciones europeas, a través del Consejo ECOFIN, aprobaron el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia del Reino de España, que articula una
agenda de más de 200 proyectos de inversión y reformas estructurales para lograr
cuatro objetivos transversales: avanzar hacia una España más verde, más digital, más
cohesionada desde el punto de vista social y territorial, y más igualitaria.
El artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y el Consejo,
de 12 de febrero de 2021, establece que los Estados miembros, en cuanto beneficiarios
o prestatarios de fondos en el marco del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia,
adoptarán las medidas adecuadas para proteger los intereses financieros de la Unión y
para velar por que la utilización de los fondos en relación con las medidas financiadas
por el Mecanismo se ajuste al Derecho aplicable de la Unión y nacional, en particular en
lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los
conflictos de intereses. Dicho artículo prevé que los Estados miembros establecerán un
sistema de control interno eficaz y eficiente y recuperarán los importes abonados
erróneamente o utilizados de modo incorrecto.
Para la correcta ejecución de los fondos procedentes del Mecanismo para la
Recuperación y la Resiliencia, se aprobó el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de
diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la
Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, así como la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se
configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
y la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el
procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector
Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y
objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
La Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, exige que toda entidad decisora y
ejecutora debe disponer de un Plan de Medidas Antifraude, con el fin de tomar las
medidas necesarias de prevención, detección, corrección y persecución del fraude y la
corrupción. El Consejo de Administración del Patrimonio Nacional participa en calidad de
entidad ejecutora en la implementación de distintas inversiones del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia. En consecuencia, en fecha de 28 de julio
de 2022, el Consejo de Administración del Patrimonio Nacional aprobó su Plan de
Medidas Antifraude para la gestión de los Fondos Next Generation UE.
Dicho Plan de Medidas de Antifraude prevé la creación de un órgano colegiado
denominado «Comité Antifraude del Plan de Recuperación», que tendrá por objeto el
diseño, seguimiento, actualización y evaluación de la Estrategia de lucha contra el fraude
cve: BOE-A-2023-6375
Verificable en https://www.boe.es
6375
Núm. 60
Sábado 11 de marzo de 2023
Sec. I. Pág. 36241
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA,
RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA
Orden PCM/240/2023, de 9 de marzo, por la que se crea y regula el Comité
Antifraude del Plan de Recuperación del Consejo de Administración del
Patrimonio Nacional y se determinan su composición y funciones.
El 21 de julio de 2020, el Consejo Europeo acordó un instrumento excepcional de
recuperación temporal para hacer frente a la crisis económica motivada por la pandemia,
conocido como Next Generation EU. El Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia
constituye el núcleo del Fondo de Recuperación Next Generation. En el marco del
referido Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia, el pasado 13 de julio de 2021,
las instituciones europeas, a través del Consejo ECOFIN, aprobaron el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia del Reino de España, que articula una
agenda de más de 200 proyectos de inversión y reformas estructurales para lograr
cuatro objetivos transversales: avanzar hacia una España más verde, más digital, más
cohesionada desde el punto de vista social y territorial, y más igualitaria.
El artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y el Consejo,
de 12 de febrero de 2021, establece que los Estados miembros, en cuanto beneficiarios
o prestatarios de fondos en el marco del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia,
adoptarán las medidas adecuadas para proteger los intereses financieros de la Unión y
para velar por que la utilización de los fondos en relación con las medidas financiadas
por el Mecanismo se ajuste al Derecho aplicable de la Unión y nacional, en particular en
lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los
conflictos de intereses. Dicho artículo prevé que los Estados miembros establecerán un
sistema de control interno eficaz y eficiente y recuperarán los importes abonados
erróneamente o utilizados de modo incorrecto.
Para la correcta ejecución de los fondos procedentes del Mecanismo para la
Recuperación y la Resiliencia, se aprobó el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de
diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la
Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, así como la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se
configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
y la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el
procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector
Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y
objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
La Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, exige que toda entidad decisora y
ejecutora debe disponer de un Plan de Medidas Antifraude, con el fin de tomar las
medidas necesarias de prevención, detección, corrección y persecución del fraude y la
corrupción. El Consejo de Administración del Patrimonio Nacional participa en calidad de
entidad ejecutora en la implementación de distintas inversiones del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia. En consecuencia, en fecha de 28 de julio
de 2022, el Consejo de Administración del Patrimonio Nacional aprobó su Plan de
Medidas Antifraude para la gestión de los Fondos Next Generation UE.
Dicho Plan de Medidas de Antifraude prevé la creación de un órgano colegiado
denominado «Comité Antifraude del Plan de Recuperación», que tendrá por objeto el
diseño, seguimiento, actualización y evaluación de la Estrategia de lucha contra el fraude
cve: BOE-A-2023-6375
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